Cuáles son los requisitos
- Los interesados necesitan haber registrado previamente en la web de la AFIP su domicilio fiscal electrónico, es decir, correo y teléfono establecidos como canal de contacto.
- No podrán acceder al beneficio los monotributistas que facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados o hayan hecho compras mayores al 80% de sus ingresos promedio mensual.
- Tampoco los que hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que estén registrados.
- En el caso de los autónomos, no podrán solicitarlo si están inscriptos en el régimen de monotributo o si son integrantes de directorio de sociedades comerciales.
- Quienes accedan al crédito deberán usar el dinero de forma electrónica. Es decir, no podrán retirarlo en efectivo ni tampoco comprar dólares o realizar operaciones en el mercado bursatil.
Qué más hay que saber
La operatoria bancaria para otorgamiento de los créditos fue establecida el viernes pasado por el BCRA a través de la Comunicación "A" 6993, en la que fijó que los bancos contarán con hasta dos días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación.
El crédito deberá ser otorgado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000 para las categorías D en adelante, de hasta $104.370 para la categoría C, de hasta $78.277 para la categoría B y de hasta $52.184 para la categoría A de monotributo.
Con información de la agencia Télam