Tras el rechazo del Senado de la Nación al mega DNU impulsado por el Gobierno, uno de los interrogantes que surgieron posteriormente en inquilinos y propietarios es qué pasará con la Ley de Alquileres si no prospera la iniciativa oficialista.
Continúan las idas y vueltas para propietarios e inquilinos al momento de llevar acuerdos inmobiliarios. Tras el revés en el Senado contra el DNU que derogó la Ley de Alquileres, ¿qué pasará ahora con los contratos?
Tras el rechazo del Senado de la Nación al mega DNU impulsado por el Gobierno, uno de los interrogantes que surgieron posteriormente en inquilinos y propietarios es qué pasará con la Ley de Alquileres si no prospera la iniciativa oficialista.
Cabe recordar que el pasado 29 de diciembre entró en vigencia la nueva normativa de alquileres luego de que el presidente Javier Milei decidiera derogar la ley 27.551 sancionada en julio de 2020, incluidas sus modificaciones que se sumaron en octubre de 2023.
De esta manera, a continuación, se destacan los puntos que entraron en vigencia desde el anuncio del Gobierno, que exceptúa a los contratos que todavía siguen en curso de la ley anterior.
Tras la puesta en marcha de la nueva Ley de Alquileres, según el análisis privado de Monitor Inmobiliario, la oferta de alquileres experimentó un impresionante repunte del 60% en la Ciudad de Buenos Aires, cuando se expusieron los números en enero de 2023.
De acuerdo al portal Zonaprop, además, se produjo una desaceleración en los precios de publicación en el inicio de los contratos, con aumentos registrados en los últimos meses por debajo de la tasa de inflación.
Ante la posibilidad de que el DNU del Gobierno quede trunco, los alquileres firmados bajo el mandato de Milei no sufrirán modificaciones.
“Los contratos en marcha van a seguir vigentes. La ley no se aplica retroactivamente salvo disposición expresa”, asegura el abogado y presidente de la Cámara de Propietarios de la Argentina, Enrique Abatti.
Del mismo modo, al como se mencionó anteriormente, ocurrirá con aquellos firmados bajo la ley derogada y regidos por el Código Civil y Comercial, en caso de que prospere el DNU.