“Con el fin de evitar caer en una situación disruptiva, y a la vez mantener un proceso de negociaciones para restaurar la sostenibilidad de los compromisos asumidos, y en razón de la asignación extraordinaria referida”, el Gobierno propicia a través del decreto “incorporar dichos Derechos Especiales de Giro al Presupuesto vigente para poder hacer frente al pago de los próximos vencimientos con el FMI”.
Asimismo, se indica que “estos recursos permitirán fortalecer la posición cambiaria del país y dotarán de liquidez al Tesoro Nacional para lidiar con los desafíos económicos y sociales que enfrenta la República Argentina”.
Como el pago de la deuda está en cabeza del Tesoro y los DEG integran las reservas del Banco Central, el DNU dispuso la autorización de la emisión de letras por un monto equivalente a esos recursos. Esos instrumentos tendrán un plazo de diez años, con amortización íntegra al vencimiento y serán precancelables total o parcialmente.
Las letras devengarán un interés igual al de las reservas internacionales del BCRA en el mismo período y hasta un máximo de la LIBOR anual (en la actualidad 0,22438%) menos un punto porcentual. Los intereses de las letras se cancelarán en forma semestral y la suscripción deberá ser integrada en DEGs, estableció el DNU en su artículo 3.