El Gobierno no concederá el beneficio del Programa de Recuperación Productiva (Repro II) a aquellos empresarios a los que les correspondía abonar el impuesto a la riqueza y no lo hicieron. El plazo venció el viernes pasado. Un inciso del programa, de la resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial, indica que deben presentar “una declaración jurada mediante la cual el titular de la empresa solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1º de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación”.