Polémica judicial

Condenan a 50 años de cárcel a una joven por el homicidio de su bebé recién nacido

La Justicia de El Salvador aplicó la pena máxima contra una joven de 23 años que vive en una situación de pobreza extrema y a la que acusó de "homicidio agravado". ¿Qué dicen las agrupaciones feministas que defienden a la condenada?
Condenan a 50 años de cárcel a una joven por el homicidio de su bebé recién nacido

La Justicia de El Salvador condenó a una pena de 50 años de cárcel a una joven de 23 años que hace cuatro años enfrentó una emergencia obstétrica en el que murió su beba, en el primer fallo en el país que impone la máxima condena desde que se penalizó en forma absoluta el aborto.

La joven acusada, tercera de siete hermanos en una familia en situación de pobreza extrema, fue procesada por aborto y condenada por homicidio agravado por un tribunal de San Miguel, a unos 130 kilómetros de la capital salvadoreña.

El Ministerio Público informó que la condena a Lesli Ramírez se basó en las pruebas presentadas en el juicio por los fiscales del caso y el dictamen forense que determinó como causa del fallecimiento de la bebé "degüello por herida tipo contuso-cortante producido con arma blanca".

De acuerdo con la investigación de la Fiscalía, la joven, que residía en una zona rural del oriente del país, "ocultó su embarazo a los familiares y tuvo un parto extrahospitalario en el que dio a luz a una niña que nació con vida y que, a través del reconocimiento forense, se estimó que tenía entre las 37 y 40 semanas de gestación", reportó el sitio del diario La Prensa Gráfica.

La defensa de las agrupaciones feministas

La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto rechazó la decisión judicial y anunció que apelará el fallo. "El Estado salvadoreño una vez más continúa ensañándose con mujeres que no han tenido derecho ni condiciones para defenderse", señaló en un comunicado la organización, con la firma de su titular, Morena Herrera.

El colectivo feminista sostiene que la joven que entonces tenía 19 años, un nivel de educación escolar bajo y sin educación sexual integral, "desconocía lo que estaba sucediendo en su cuerpo y el 17 de junio de 2020, a las 9.30 de la noche, tuvo una emergencia obstétrica en su casa, sintió deseo de defecar y sin saberlo comenzaba el trabajo de parto".

La joven fue al baño y tuvo un parto precipitado, y los familiares llamaron a emergencias de la policía para que la llevaran a un hospital, adonde fue detenida y acusada inicialmente de aborto.

"La familia de Lesli vive en situación de pobreza extrema, no tiene acceso a agua potable ni electricidad y no cuenta con una vivienda digna. En la vida de ella y su familia el Estado siempre ha permanecido ausente", señaló la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto.

Para la organización, el juez condenó a Ramírez "basando su decisión en meros prejuicios de género, lo cual quedó claro en las palabras con la que justificó la pena: `las madres son la fuente de protección de los hijos en cualquier circunstancia de la vida y usted no lo fue`".

Advirtió además que la sentencia "contraría el reciente fallo de la Corte IDH en el caso Manuela vs El Salvador, en el que se condenó al Estado salvadoreño y se le mandata a no perseguir y criminalizar a las mujeres que enfrentan emergencias obstétricas".

El 30 de noviembre de 2021, tras un largo proceso, la Corte IDH condenó al Estado por violar varios de los derechos de Manuela, que murió purgando una condena de 30 años por un parto extrahospitalario tipificado como homicidio agravado.

Desde 1998, el Código Penal salvadoreño prohíbe el aborto en todos los supuestos y establece penas de hasta 8 años, pero fiscales y jueces tipifican los casos, incluso los involuntarios, como "homicidio agravado", penado hasta con 50 años de prisión.

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