Este jueves se publicó la Ley en el Boletín Oficial de Estado (BOE), que -según el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España- "amplía las opciones para la adquisición de la nacionalidad española para descendientes de quienes sufrieron el exilio".
Con esta iniciativa, ahora podrán acceder al beneficio los descendientes que quedaron excluidos de la Ley de Memoria Histórica, aprobada en 2007, bajo el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero.
Ley de Nietos en España: a quiénes alcanza la medida
- La ley establece que los argentinos o cualquier persona de otra nacionalidad que acredite que su abuelo salió de España por razones políticas, ideológicas, raciales o de género, podrá comenzar el trámite de la ciudadanía. Hasta ahora, solo podían solicitarla los hijos de españoles.
- Todas aquellas personas nacidas fuera de España, que tengan padres, madres, abuelas o abuelos exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia.
- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1978.
Ley de Nietos en España: qué trámites deben hacer los argentinos de parientes exiliados
Para obtener la ciudadanía española, por medio de la Ley de Nietos, los interesados deben presentarse con cita previa en el Consulado General con la siguiente documentación:
- El acta de opción por la nacionalidad española.
- Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
- Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.
- Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- DNI argentino del progenitor español.
- DNI argentino del interesado.
- En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.