Ese punto es clave para las partes. Para los demandantes, prueba un incumplimiento deliberado. Para el Gobierno, en cambio, se trata de comunicaciones personales que están protegidas por la Constitución.
En octubre, la Argentina recurrió formalmente la decisión de Preska y sostuvo que la exigencia es ilegítima tanto bajo el derecho argentino como bajo el estadounidense. En los últimos días, la defensa presentó sus argumentos por escrito para intentar que la Cámara revoque esa orden, en un intento por debilitar el principal sustento del pedido de sanciones.
Del lado de los demandantes, la acusación es que el país recurre a maniobras dilatorias. En presentaciones previas, advirtieron que, si no obtenían la información, avanzarían con pedidos de sanciones, como multas o presunciones adversas, y reclamaron que Preska fije un cronograma específico para tratar el desacato, con plazos para la respuesta argentina, una réplica y una audiencia probatoria.
Cómo sigue el calendario judicial
El trasfondo del conflicto va más allá del intercambio de escritos. Los beneficiarios del fallo buscan demostrar que organismos como el Banco Central, el Banco Nación o Aerolíneas Argentinas actúan como “alter ego” del Estado. Si lograran acreditarlo, podrían intentar embargar activos de esas entidades para ejecutar la sentencia. Para ese objetivo, consideran clave acceder a las comunicaciones internas de funcionarios que, a su entender, revelarían cómo se toman y ejecutan las decisiones.
El calendario judicial ya está definido. Tras el escrito de los demandantes, la respuesta argentina llegará el 19 de febrero y la contrarréplica está prevista para el 5 de marzo. Luego, en audiencias fijadas para fines de ese mes, Preska deberá resolver si corresponde declarar el desacato y aplicar sanciones.
En paralelo, la apelación contra la sentencia de fondo por la expropiación de YPF sigue su curso en la Cámara, aún sin fecha para una definición, y continúa siendo la principal apuesta del Gobierno para frenar cualquier intento de ejecución del fallo.