Casa Rosada

El Gobierno lanzó un nuevo plan de retiros voluntarios para empleados públicos nacionales

Lo hizo a través de un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial y prevé que alrededor de 20.000 empleados sean elegibles para participar del proceso.

por Stella Gárnica | 19 de octubre de 2026 - 12:10
El Gobierno lanzó un nuevo plan de retiros voluntarios para empleados públicos nacionales

Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado (Foto: archivo).

El presidente Javier Milei firmó este lunes un decreto para posibilitar el retiro voluntario de unos 20.000 empleados de la administración pública nacional. El proceso se abre a partir de hoy y establece que aquellos que accedan al retiro no podrán retornar al Estado durante 8 años.

La medida se enmarca en la reducción de empleados estatales que realizó Milei desde que asumió en diciembre de 2023 y que hasta la fecha suma más de 75.000 empleados que ya no forman parte de la planta estatal, entre despidos, retiros voluntarios o bajas por contratos no renovados.

La iniciativa, ideada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, y que también lleva la firma del presidente Milei y del jefe de Gabinete, Diego Santilli, quedó formalizada en el decreto número 1023/26.

Según explicó Sturzenegger en la red social X, está destinado a "unos 20.000 empleados que son elegibles para participar, si así lo desean", y aclaró: "Para evitar una puerta giratoria, quienes participen no pueden volver a la administración o deben devolver el dinero previamente".

El ministro de Desregulación defendió la medida que apunta a seguir achicando la cantidad de personal del Estado nacional, al señalar que el objetivo es "seguir buscando maneras de reducir el gasto público para seguir bajando impuestos".

En la Casa Rosada y distintos ministerios evitan hablar de despidos masivos de empleados públicos, y prefieren enmarcar las medidas en "un proceso de reestructuración y modernización del Estado, con la fusión y eliminación de funciones que se duplicaban o superponían".

Qué establece el régimen de retiro voluntario

El decreto 1023/26 publicado este lunes en el Boletín Oficial alcanza tanto al personal de planta permanente regido por la Ley 25.164 como a trabajadores con contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo (Decreto 1203/2026).

El anexo agrega los detalles centrales como el plazo establecido para la adhesión, los requisitos, el cálculo de la gratificación y restricciones para volver al Estado.

Las condiciones para aceptar o rechazar solicitudes de los empleados que pidan adherir al retiro voluntario quedarán en manos de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública que depende de Sturzenegger.

La inscripción será del 1 al 30 de noviembre, con posibilidad de prórroga, y los cargos de quienes se retiren serán eliminados. El esquema contempla gratificaciones de hasta 25 sueldos y una prohibición de reingreso al Estado nacional durante ocho años.

La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública será la autoridad de aplicación y podrá prorrogar el plazo por única vez, por un máximo de 30 días corridos.

La adhesión no implica la aprobación automática del retiro, ya que las autoridades podrán rechazar solicitudes por razones vinculadas con la continuidad, regularidad y eficacia del servicio. El plazo para emitir una decisión será de hasta 40 días corridos, contados desde el día hábil siguiente al cierre de la inscripción.

Si no hay respuesta dentro de ese período, la solicitud se considerará rechazada y el vínculo laboral continuará vigente.

Cuánto cobrarán quienes adhieran al régimen

El monto de la gratificación dependerá de la edad del trabajador al 31 de octubre de 2026 y de sus aportes jubilatorios. El anexo establece tres grupos, con diferentes modalidades de cálculo y topes. La base será la remuneración mensual bruta, normal, regular, habitual y permanente, sin conceptos extraordinarios

  • Mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62: recibirán un sueldo por cada año de antigüedad -o fracción superior a tres meses-, con un máximo de 20 sueldos. Se sumarán cuatro sueldos adicionales para quienes tengan menos de 15 años de antigüedad en planta permanente y cinco para quienes alcancen o superen ese período.

  • Mujeres de 58 a 64 años y hombres de 63 a 64 años, con al menos 30 años de aportes: cobrarán un sueldo por año de antigüedad, con un tope de 18 sueldos, más cinco sueldos adicionales. El monto total no podrá superar la cantidad de meses que les falten para reunir los requisitos jubilatorios.

  • Mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63, sin aportes suficientes para jubilarse: podrán optar por una gratificación mensual equivalente al 60% del sueldo bruto hasta reunir los requisitos jubilatorios, por un máximo de 36 meses, o por un pago único de un sueldo por año de antigüedad, con un tope de 18 sueldos y el límite adicional de los meses que falten para acceder a la jubilación.

  • En la modalidad de pago mensual, se mantendrán los aportes a la obra social y al sistema previsional, mientras que el Estado continuará pagando las contribuciones patronales.

  • Para calcular la antigüedad, solo se tendrán en cuenta los años trabajados en planta permanente o mediante contratos por tiempo indeterminado. No se computarán los períodos como becario, personal transitorio o contratado bajo el artículo 9 de la Ley 25.164, los servicios sin vínculo laboral ni los años ya indemnizados por un retiro o una desvinculación anterior.

El régimen establece que los pagos únicos de hasta $20 millones se realizarán en una sola cuota. Si el monto supera esa cifra, se abonará en cuotas mensuales de $20 millones, hasta un máximo de tres, y el saldo restante se incluirá en la última cuota.

El anexo establece exclusiones para determinados sectores y situaciones laborales. Entre otros, no podrán incorporarse al régimen el personal de las Fuerzas Armadas y de seguridad; la Secretaría de Inteligencia de Estado, el Servicio Exterior, el Sistema Federal de Manejo del Fuego y las orquestas, coros y ballets nacionales. También quedan excluidos quienes ocupen cargos docentes o presten servicios en el exterior.

Cómo se pagará la gratificación

El régimen establece que los pagos únicos de hasta $20 millones se realizarán en una sola cuota. Si el monto supera esa cifra, se abonará en cuotas mensuales de $20 millones, hasta un máximo de tres, y el saldo restante se incluirá en la última cuota.

Los sueldos adicionales previstos para cada grupo se pagarán junto con la primera cuota.

Quiénes no podrán adherir al retiro voluntario

El anexo establece exclusiones para determinados sectores y situaciones laborales. Entre otros, no podrán incorporarse al régimen el personal de las Fuerzas Armadas y de seguridad; la Secretaría de Inteligencia de Estado; el Servicio Exterior; el Sistema Federal de Manejo del Fuego y las orquestas, coros y ballets nacionales. También quedan excluidos quienes ocupen cargos docentes o presten servicios en el exterior.

Tampoco podrán adherir quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública, tengan un sumario administrativo en trámite que pueda derivar en cesantía o exoneración, o ya reúnan los requisitos para jubilarse o hayan iniciado el trámite correspondiente.

Los empleados que hayan iniciado reclamos administrativos o demandas judiciales contra el Estado por su relación laboral deberán desistir de ellos para incorporarse, salvo las excepciones previstas para reclamos por riesgos del trabajo. En el caso de los delegados gremiales, deberán renunciar a su mandato, con efecto condicionado a la aprobación del retiro.

La prohibición de volver a trabajar en el Estado durante ocho años

Quienes adhieran al régimen y obtengan la aprobación no podrán reingresar al Sector Público Nacional durante ocho años, bajo ninguna modalidad de empleo o contratación. La restricción incluye cargos de autoridades superiores, asesores de gabinete y otras vinculaciones contractuales con organismos estatales.

La docencia en universidades nacionales queda exceptuada de esa prohibición. En caso de incumplimiento, el beneficiario perderá las cuotas pendientes y deberá devolver las sumas que correspondan según las condiciones establecidas en la norma.

Además, el decreto establece que la reducción de la dotación derivada de este régimen no podrá utilizarse como justificación para incorporar nuevo personal. Los gastos que demande su aplicación serán cubiertos con los créditos presupuestarios vigentes de cada jurisdicción alcanzada.

En pocas palabras

  • Retiro Voluntario: Javier Milei implementó un programa para 20.000 empleados estatales, prohibiendo su reingreso futuro al Estado.
  • Condiciones y Gratificaciones: El régimen ofrece hasta 25 sueldos según antigüedad y edad, con restricciones de reingreso por ocho años.
  • Exclusiones y Financiación: Sectores específicos como fuerzas de seguridad y docentes universitarios están excluidos; los gastos se cubrirán con créditos vigentes.
Resumen generado por Thinkindot AI
Compartir
Facebook
Twitter
Whatsapp

Noticias más leídas

Más sobre Política