El primer Boletín Oficial de 2026 abrió con la promulgación de la Ley de Presupuesto 2026 (Ley 27.798), sancionada de manera definitiva por el Senado el 26 de diciembre de 2025 y publicada este 2 de enero de 2026.
Ocurrió esta madrugada, a través de la publicación en el Boletín Oficial. Plantea una meta de equilibrio o superávit y un fuerte peso de los servicios sociales en el esquema de gastos. Incorpora restricciones para cubrir vacantes en el Estado y detalla partidas específicas.
El primer Boletín Oficial de 2026 abrió con la promulgación de la Ley de Presupuesto 2026 (Ley 27.798), sancionada de manera definitiva por el Senado el 26 de diciembre de 2025 y publicada este 2 de enero de 2026.
En los considerandos y artículos centrales, la norma fija un objetivo para el cierre del ejercicio: resultado financiero equilibrado o superavitario, una meta que envía un mensaje al mercado, los gobernadores y al propio Congreso.
La ley no sólo define el marco general: ordena los números principales del Estado nacional, distribuye el gasto por finalidades, estima recursos y habilita herramientas para administrar partidas durante el año.
A la vez, el mismo Boletín Oficial incluyó otro movimiento que el oficialismo ubicó dentro del paquete de “normalización”: la promulgación de la Ley de Inocencia Fiscal.
En su artículo 1°, el Presupuesto 2026 establece que, al cierre del año fiscal, la ejecución debe arrojar equilibrio o superávit. Y sobre esa base, proyecta para el Sector Público Nacional un resultado financiero superavitario estimado en $2.734.029.655.055, mientras que el artículo 4° precisa otro dato clave en la arquitectura del texto: resultado financiero superavitario estimado en $226.469.155.049, una cifra que el Gobierno presentó como contraste con ejercicios previos.
La ley fija, además, el volumen de gasto total para 2026: $148.069.293.526.549 en gastos corrientes y de capital de la Administración Nacional. En paralelo, estima recursos corrientes y de capital por $148.295.762.681.598. Esa relación entre gastos y recursos explica el número que el Ejecutivo resalta como “saldo a favor” en la planificación.
En el Congreso, la sanción final se alcanzó en una sesión especial del Senado, con un tablero que expuso el armado parlamentario del oficialismo: 46 votos a favor, 25 en contra y una abstención. Según lo informado junto con la promulgación, La Libertad Avanza contó con el acompañamiento del PRO y otros bloques aliados, mientras que el kirchnerismo votó en rechazo.
La mayor parte de los fondos del Presupuesto 2026 se concentra en “Servicios sociales”, con $106.521.648.374.775. Es el rubro que incluye partidas vinculadas a educación, salud, seguridad social y programas sociales, y se convierte en el centro del esquema.
Detrás aparecen otros tres bloques relevantes:
Deuda pública: $14.119.847.249.890.
Servicios económicos: $11.457.503.006.150.
Administración gubernamental: $8.859.071.552.843.
Defensa y seguridad: $7.111.223.342.891.
El cuadro general que surge del articulado combina dos mensajes: orden fiscal (por la meta de resultado positivo) y prioridad presupuestaria en lo social (por el peso relativo de esa finalidad).
El artículo 2° fija el cálculo de recursos corrientes y de capital; y el artículo 4° agrega la fotografía financiera con el detalle de Fuentes de Financiamiento y Aplicaciones Financieras.
En la letra chica aparece un elemento central para la práctica cotidiana del presupuesto: el modo en que el Estado administra flujos, inversiones financieras, endeudamiento y amortizaciones.
En términos simples, la ley contempla que la financiación se apoye en rubros como disminución de inversión financiera y endeudamiento público e incremento de otros pasivos, mientras que del lado de las aplicaciones figuran inversión financiera y amortización de deuda y disminución de otros pasivos. Es la estructura típica del presupuesto, pero con el énfasis puesto en sostener el saldo final positivo.
Un capítulo sensible del texto es el que apunta a personal y administración. La ley dispone límites a la expansión de la planta y refuerza la supervisión sobre vacantes: las jurisdicciones y entidades no podrán cubrir cargos vacantes sin autorización previa del Jefe de Gabinete, con excepciones puntuales para áreas y regímenes específicos.
Además, se establece un esquema de publicación trimestral de información sobre dotaciones, plantas y contrataciones, con un mandato explícito: la Secretaría de Hacienda deberá poner esos datos en su sitio web en formato abierto y reutilizable, en línea con la Ley de Acceso a la Información Pública.
En paralelo, el artículo 5° refuerza el rol del Jefe de Gabinete: podrá distribuir los créditos y definir facultades para reestructuraciones presupuestarias, un instrumento habitual para ajustar partidas durante el año sin cambiar el marco global aprobado por el Congreso.
Universidades nacionales: se fija un crédito de $4.785.117.662.765 para gastos de funcionamiento, inversión y programas especiales. La norma suma una exigencia administrativa: las universidades deberán remitir información para asignar, ejecutar y evaluar los recursos, con la posibilidad de que se interrumpan transferencias si no se cumple con el envío en tiempo y forma.
Fondo Nacional de Empleo (FNE): se asignan $11.290.000.000 como contribución para programas de empleo bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano.
Bosques nativos: se asignan $15.843.018.250 al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos y $1.624.517.867 al Programa Nacional de Protección de Bosques Nativos.
Son cifras que el Ejecutivo eligió destacar porque combinan impacto social, administración política y, en algunos casos, discusión pública previa.
Este viernes, otro decreto promulgó la Ley de Inocencia Fiscal, una norma que modifica formalmente la Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario). El eje, según el resumen oficial, es la actualización de montos que habían quedado desfasados: se eleva el piso desde el cual se considera evasión y también los umbrales que obligan a escribanos y bancos a informar operaciones.
Entre los cambios que se informaron se destacan: evasión simple de $1,5 millones a $100 millones; evasión agravada de $15 millones a $1.000 millones; y subas en montos asociados a falsificación de facturas y a deudas para quienes estén en beneficios fiscales.
La norma incorpora, además, una vía de regularización: si se paga la deuda y los intereses, el organismo recaudador no denunciaría penalmente, y si ya hubo denuncia, se prevé la extinción de la acción con un pago adicional. También se reduce el plazo de prescripción de deudas impositivas de 5 a 3 años y se crea un Régimen Simplificado de Ganancias para contribuyentes con ingresos y patrimonio por debajo de umbrales definidos.