La discusión sobre el tratamiento impositivo de los CEDEARs
El punto que generó polémica establecía que los CEDEARs comprados desde el 31 de octubre de 2026 dejarían de estar alcanzados por la exención del Impuesto a las Ganancias cuando se negociaran en mercados autorizados. De esa manera, las utilidades obtenidas por su compraventa pasarían a tributar una alícuota del 15%.
La posibilidad de modificar ese beneficio provocó críticas de distintos referentes del sector financiero. Advirtieron que el cambio podía perjudicar a pequeños y medianos ahorristas que utilizan estos certificados para invertir en empresas internacionales sin operar directamente en mercados extranjeros. Además, señalaron que son una alternativa para diversificar las inversiones y resguardar el capital frente a las fluctuaciones del tipo de cambio.
La explicación de Economía y el retiro del proyecto
Desde el Ministerio de Economía afirmaron que la disposición cuestionada había sido incluida por equivocación y que correspondía a una versión anterior del texto. Felipe Núñez, asesor del ministro Luis Caputo, coincidió con esa explicación y definió el apartado como un “borrador viejo”. También confirmó que el artículo sería eliminado.
Sin embargo, el cambio tributario no aparecía únicamente en el articulado, sino también en los fundamentos de la propuesta. En ese apartado, el Gobierno justificaba la eliminación de la exención con el argumento de equiparar las condiciones impositivas entre quienes compran activos extranjeros de manera directa y quienes acceden a ellos mediante certificados negociados en el mercado argentino.
Ante las dudas sobre el alcance de la modificación, el Ejecutivo resolvió retirar el proyecto de Diputados para revisar su contenido. La intención oficial es corregir la iniciativa antes de presentarla nuevamente ante el Congreso.