Justicia electoral

Elecciones en la Ciudad: las personas contagiadas de coronavirus, con síntomas o contactos estrechos no podrán votar

La jueza federal María Servini dispuso que estas personas deberán continuar con el aislamiento correspondiente y será una una "causa suficiente" para justificar la no emisión del sufragio.
Elecciones en la Ciudad: La jueza federal con competencia electoral en la ciudad de Buenos Aires
Elecciones en la Ciudad: La jueza federal con competencia electoral en la ciudad de Buenos Aires, María Servini.

La jueza federal con competencia electoral en la ciudad de Buenos Aires, María Servini de Cubría, determinó que los contagiados de coronavirus, así como las personas que tengan síntomas compatibles, y sus contactos estrechos no podrán votar en las próximas elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO).

Así lo dispuso en un oficio que envió al Ministerio de Salud porteño, a las autoridades de los diferentes partidos políticos y a la Dirección Nacional Electoral.

"Como regla general se establece que las personas que estén cursando la enfermedad del COVID-19, y/o tengan síntomas compatibles con ella deberán continuar con el aislamiento establecido oportunamente por las autoridades de la salud pública correspondientes, no deberán presentarse a votar, siendo causa suficiente para justificar la no emisión del voto", expresó en el documento.

"Asimismo, y también como regla general, aquellos electores que fueren contacto estrecho, o sean considerados casos sospechosos de contagio del mencionado virus, o que deban permanecer aislados por alguna de las disposiciones legales vigentes, tampoco deberán presentarse a votar y de igual modo se justificará su no emisión del voto", señaló.

"En el hipotético caso que un elector se presente ante un local de comicio manifestando estar comprendido en alguna de las causales descriptas, no se permitirá su ingreso al establecimiento y el delgado electoral labrará un acta al respecto", agregó.

Otras medidas para las PASO en la Ciudad de Buenos Aires

Servini también dispuso que "a fin de reducir la manipulación de los documentos de identidad de los votantes, se proveerá, junto con los demás útiles que se entregan con cada urna, una bandeja plástica donde el elector depositará su documento de identidad, y de donde podrá retirarlo junto con el troquel correspondiente una vez que hubiera votado".

A su vez, se estableció que "las filas de los electores deben realizarse fuera de los establecimientos manteniendo la distancia de los dos metros entre cada persona". También se indicó que, en caso de que el establecimiento cuente con un espacio abierto, se podrán formar "filas reducidas de personas por cada mesa de sufragio".

También "se le dará prioridad a los mayores de 70 años para votar, como así también a las personas que presenten factores de riesgo debidamente acreditados, con la certificación médica correspondiente, durante todo el transcurso de la jornada electoral".