La justicia rechazó el intento de intervención de la SIGEN a la UBA
Así lo informó la UBA en un comunicado, luego de que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 3 a cargo del juez Santiago Carrillo resolviera desestimar la medida precautoria peticionada por la Sindicatura General de la Nación dependiente del Poder Ejecutivo Nacional, para poder auditar a la UBA.
En el fallo, el juez tuvo en cuenta las argumentaciones de la UBA, que había señalado que no hay una sola norma que autorice a la SIGEN a realizar un control interno de las universidades nacionales. Además, resaltó que -de acuerdo con documentos de la Contaduría General de la Nación- las Universidades Nacionales han dado el cumplimiento a la presentación de la información requerida por ese organismo.
Asimismo, destacó que en la página web de la UBA y de la AGN (Auditoría General de la Nación) se pueden encontrar los informes de los años 2023, 2013, 2009, 2008, 2006 con las auditorías requeridas. También constató el juez que en el sitio web de la UBA se encuentran publicados los informes de auditorías internas de los años 2015 a 2024.
“Considerando que la UBA ha explicado las características de su sistema de gestión de documentos, cabe concluir que no surge elemento alguno que permita afirmar la existencia de un peligro cierto de que la documentación de respaldo requerida por la SIGEN “se extravíe o se altere”", expresó el juez en su fallo.
El juez destacó la autonomía universitaria
En cuanto a la autonomía universitaria, el juez sostuvo que “las universidades nacionales adquirieron en la reforma constitucional de 1994 un status jurídico especial” y que “la Ley de Educación Superior 24.521 contiene normas tendientes a otorgar mayor independencia a las universidades nacionales y a restringir las posibilidades de injerencia del Poder Ejecutivo Nacional en su ámbito institucional”.
En ese sentido, indicó que “son el Poder Legislativo y el Judicial quienes han adquirido el rol de controlantes de los actos y normas de las universidades nacionales”.
Al respecto, la UBA había manifestado que “jamás cuestionó su sometimiento estricto a las leyes dictadas por el Congreso de la Nación”, pero “la SIGEN tiene competencia exclusiva y excluyente para ejercer el control interno, pero sólo en las jurisdicciones que componen el PEN y en los organismos descentralizados y empresas y sociedades del Estado que de él dependan”.
Con este fallo, la justicia frena el intento del Poder Ejecutivo Nacional de intervenir el control interno de la Universidad de Buenos Aires.