Previsional

ANSES confirmó el AUMENTO de la AUH y Tarjeta ALIMENTAR para JUNIO: a cuánto se van

El Gobierno oficializó el nuevo incremento, y confirmó a través de ANSES cuánto cobrarán el sexto mes del año los titulares de la AUH y la Tarjeta Alimentar.

ANSES confirmó el AUMENTO de la AUH y Tarjeta ALIMENTAR para JUNIO: a cuánto se van (Foto: archivo)

ANSES confirmó el AUMENTO de la AUH y Tarjeta ALIMENTAR para JUNIO: a cuánto se van (Foto: archivo)

Será del 41,48% ya que en el sexto mes del año se aplicará el último tramo del aumento trimestral de la AUH y AUE en línea con la antigua fórmula previsional, que dejará de funcionar en julio.

"Establécese que el ajuste a aplicar para los distintos universos de titulares, se efectuará en función de las fechas de adquisición de derecho de cada beneficiario, de acuerdo a lo previsto en los artículos 4° y 5° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 274/24", repasó el texto publicado en la edición del Boletín Oficial (BO) en su artículo 3°.

Esto implica que la AUH alcanzará los $ 74.354 por cada hijo en junio. Sin embargo, teniendo en cuenta que el organismo retiene el 20% de los haberes mensuales, en realidad accederán a un cobro de $ 59.483,2. La Tarjeta Alimentar será de $ 52.250.

Según los considerandos de la medida, este aumento "tiene por objeto recomponer el poder de compra de los sectores referidos, en el marco del proceso inflacionario que se encuentra atravesando nuestro país, considerando el incremento de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) durante los últimos meses".

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La AUH alcanzará los $ 74.354 por cada hijo en junio. (Foto: archivo)

La AUH alcanzará los $ 74.354 por cada hijo en junio. (Foto: archivo)

ANSES: ¿Quiénes pueden acceder a la AUH en junio?

Según indica la web de ANSES, podrán solicitar el cobro de la AUH aquellos padres, madres o titulares con hijos a cargo que estén desocupados, sean trabajadores no registrados, empleadas domésticas y/o monotributistas sociales.

Los requisitos son los siguientes:

  • Ser argentino y residir en el país, con un mínimo de dos años de residencia para extranjeros o naturalizados.
  • Los hijos deben ser menores de 18 años, solteros, y en el caso de hijos con discapacidad, no hay límite de edad.
  • Documentación requerida incluye DNI del titular y del hijo, certificado o partida de nacimiento del hijo, y certificado de matrimonio, unión civil o convivencia si corresponde.

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