La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ratificó la continuidad de la Asignación por Matrimonio, un pago único de $102.329 dirigido a trabajadores registrados y beneficiarios del sistema contributivo.
El organismo previsional anunció la continuidad del beneficio económico que alcanza los $102.329 y que será depositado a trabajadores y beneficiarios contributivos que formalicen su unión legal.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ratificó la continuidad de la Asignación por Matrimonio, un pago único de $102.329 dirigido a trabajadores registrados y beneficiarios del sistema contributivo.
El objetivo del beneficio es acompañar económicamente a las parejas que formalicen su matrimonio, brindando un refuerzo puntual en el marco del programa de Asignaciones Familiares.
A diferencia de otros bonos, este no se integra al haber mensual, sino que se entrega una sola vez para aliviar gastos derivados de la ceremonia o los trámites legales del casamiento.
La Asignación por Matrimonio forma parte del régimen de Asignaciones Familiares y constituye una herramienta de protección económica para quienes integran el sistema formal de aportes.
Este beneficio se actualiza periódicamente y se mantiene vigente como parte de las políticas sociales orientadas a sostener el ingreso de las familias argentinas, especialmente en contextos de alta inflación y aumento del costo de vida.
Podrán solicitar la Asignación por Matrimonio las siguientes personas:
Trabajadores registrados incluidos en el SUAF.
Beneficiarios de la prestación por desempleo, con derecho a asignaciones familiares.
Trabajadores temporarios o eventuales, bajo el marco normativo vigente.
Personas cubiertas por Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
El beneficio no aplica a quienes perciben prestaciones no contributivas ni a quienes están fuera del sistema formal de empleo.
Los solicitantes deberán cumplir con las siguientes condiciones:
Tener el matrimonio debidamente registrado y acreditado ante ANSES.
Poseer seis meses de antigüedad laboral mínima.
No superar los límites de ingresos familiares establecidos por el organismo.
Presentar la documentación dentro de los dos años posteriores al casamiento.
El depósito se realizará solo por transferencia bancaria, sin pagos en efectivo, garantizando mayor transparencia y seguridad.
El trámite puede completarse de forma presencial o digital:
En oficinas de ANSES, con turno previo, presentando el acta de matrimonio y comprobantes de ingresos.
En línea, desde el portal Mi ANSES, ingresando con la Clave de la Seguridad Social y cargando la documentación escaneada.
Una vez validada la información, el pago se acredita automáticamente en la cuenta del titular.
Según el calendario oficial, los depósitos se efectuarán entre el 9 de octubre y el 11 de noviembre de 2025, con un segundo tramo del 20 de octubre al 10 de noviembre, según la fecha de presentación del trámite.