ANSES Desempleo: Cuándo cobro en agosto

Los beneficiarios de la ayuda por Desempleo comienzan a percibir esta semana el pago mensual que realiza la ANSES ¿Cuándo cobro en agosto?
ANSES Desempleo: Cuándo cobro en agosto

ANSES Programa Desempleo: quiénes pueden tramitarlo

El beneficio del Programa Desempleo incluye a estos grupos de trabajadores:

  • Trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013. deben acreditar al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores de la construcción despedidos sin justa causa o por finalización de obra. Deben tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

ANSES Desempleo: Cuándo cobro en agosto

El calendario de pagos de agosto de la ANSES para la Prestación por Desempleo se lleva a cabo durante cinco días, manteniendo el orden de finalización del DNI de los titulares:

  • Documentos terminados en 0 y 1: 23 de agosto
  • Documentos terminados en 2 y 3: 24 de agosto
  • Documentos terminados en 4 y 5: 25 de agosto
  • Documentos terminados en 6 y 7: 26 de agosto
  • Documentos terminados en 8 y 9: 29 de agosto

ANSES Desempleo: Cuánto cobro

Todos los meses, quienes tengan activa la Prestación por Desempleo percibirán el pago de la siguiente manera:

  • Trabajador en relación de dependencia despedido sin justa causa: el monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
  • Trabajadores de la construcción despedidos sin justa causa o por finalización de obra: para trabajadores permanentes, el monto y la cantidad de cuotas (entre 3 y 8) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 2 años. En el caso de un trabajador eventual o de temporada que trabajó (con aportes) un año o más, se aplica el mismo criterio que para un trabajador permanente. Si lo hizo por menos de un año, le corresponderá un día por cada 3 de servicio. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

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