La medida quedó confirmada tras la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274, el cual establece que desde julio los haberes se actualizarán por inflación, y que en los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio.
Para el cobro de estos beneficios, se establecieron fechas específicas según el número final del documento de identidad de los beneficiarios. Aquellos con haberes mínimos podrán cobrar a partir del miércoles 10 de abril, mientras que aquellos con ingresos superiores deberán esperar hasta el miércoles 24 de abril para recibir el pago.
Cuándo cobrarán los jubilados en abril
- Documentos terminados en 0: 10 de abril
- Documentos terminados en 1: 11 de abril
- Documentos terminados en 2: 12 de abril
- Documentos terminados en 3: 15 de abril
- Documentos terminados en 4: 16 de abril
- Documentos terminados en 5: 17 de abril
- Documentos terminados en 6: 18 de abril
- Documentos terminados en 7: 19 de abril
- Documentos terminados en 8: 22 de abril
- Documentos terminados en 9: 23 de abril
Los jubilados y pensionados cuyos haberes superen la mínima cobrarán en las siguientes fechas:
- DNI terminados en 0 y 1: 24 de abril
- DNI terminados en 2 y 3: 25 de abril
- DNI terminados en 4 y 5: 26 de abril
- DNI terminados en 6 y 7: 29 de abril
- DNI terminados en 8 y 9: 30 de abril