La primera de las dos cuotas en que se divide el Sueldo Anual Complementario (SAC) se pagará en el último día laboral de junio, según lo dispone la Ley 27.073.
La primera de las dos cuotas en que se divide el Sueldo Anual Complementario (SAC) se pagará en el último día laboral de junio, según lo dispone la Ley 27.073.
El medio aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por una trabajadora o un trabajador en cada uno de los semestres.
Si durante el lapso de enero a junio la empleada o el empleado no trabajó todos los meses, el pago será proporcional al tiempo trabajado.
Para calcular el monto correspondiente al medio aguinaldo es necesario hacer un simple cálculo: dividir por 12 el mejor salario percibido en el semestre y luego multiplicarlo por los meses trabajados hasta la fecha de cobro.
El SAC fue instituido en 1945 y representa el pago de un salario anual extra para cada trabajadora o trabajador.
La medida había sido impulsada por el entonces secretario de Trabajo y Previsión, Juan Domingo Perón, durante la presidencia de Edelmiro J. Farrell.
El gobierno nacional reglamentó días atrás una modificación en la Ley de Impuesto a las Ganancias, en la que estableció que que cerca de 1.270.000 de trabajadores que cobran hasta 150.000 pesos en bruto ya no pagarán el tributo.
La norma votada por el Congreso Nacional fijó, a la vez, que el SAC ya no forma parte del cálculo del gravamen.