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Trabajadores registrados en relación de dependencia.
Trabajadores temporarios (con contrato eventual o de temporada).
Beneficiarios de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Titulares de la Prestación por Desempleo.
Beneficiarios de una ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
Por lo tanto, en los casos en los que ambos integrantes de la pareja estén incluidos dentro de alguno de estos grupos, los dos pueden cobrar la asignación, lo que duplica el monto percibido y eleva el beneficio a más de $200.000 por matrimonio celebrado.
Requisitos de ingresos: nuevos topes del SUAF
Como ocurre con todas las asignaciones familiares del SUAF, la asignación por matrimonio está sujeta a topes de ingresos. Con la actualización de septiembre, los límites serán los siguientes:
Esto significa que ninguno de los cónyuges puede superar el tope individual, y a la vez la suma de los ingresos de ambos no debe superar el máximo familiar.
Un punto importante a remarcar es que, a diferencia de otras prestaciones sociales, la asignación por matrimonio no está disponible para monotributistas, aun cuando estos se encuentren alcanzados por el SUAF.
Del mismo modo, quedan excluidos de este beneficio quienes perciban la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación por Embarazo, que forman parte de otro régimen de asistencia.
Cómo tramitar el pago único por matrimonio en ANSES
El trámite para acceder a esta asignación es obligatoriamente a demanda: no se otorga de forma automática, por lo que los interesados deben iniciarlo dentro de un plazo específico.
Los tiempos que marca la normativa son claros: se puede solicitar desde los 2 meses posteriores hasta los 2 años después de celebrado el matrimonio civil. Una vez vencido ese período, el derecho caduca.
Requisitos de documentación:
El trámite puede iniciarse de dos maneras:
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De manera presencial en ANSES, con turno previo gestionado a través del sitio web oficial.
Vía online, utilizando el servicio de Atención Virtual, para lo cual es necesario contar con la Clave de la Seguridad Social.
Un detalle que genera muchas dudas: el monto liquidado corresponde al vigente en el mes de la fecha del matrimonio, no al del momento del trámite. Es decir, si una pareja se casa en agosto de 2025 y presenta la solicitud en noviembre, el pago será de $98.568, aunque en noviembre el valor ya sea mayor.