Este programa no alcanza a trabajadores informales ni a monotributistas, sino que está diseñado específicamente para quienes realizaron aportes al sistema previsional durante su período laboral y cumplen con determinados requisitos de antigüedad.
Según precisaron desde el organismo previsional, el beneficio busca garantizar un piso mínimo de ingresos durante el tiempo que dure la desvinculación laboral, permitiendo cubrir gastos esenciales como alimentación, vivienda y servicios básicos.
El impacto del aumento del Salario Mínimo en la prestación
Con la última actualización dispuesta por el Gobierno, el Salario Mínimo, Vital y Móvil alcanzó los $346.800 en febrero de 2026. Este valor resulta clave para el cálculo de la Prestación por Desempleo, ya que la normativa establece topes mínimos y máximos atados directamente al SMVM.
De esta manera:
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El monto mínimo de la prestación no puede ser inferior al 50% del SMVM, lo que equivale a $173.400.
El monto máximo no puede superar el 100% del SMVM, es decir, $346.800, cifra cercana al bono de $345.000 anunciado.
Este esquema busca mantener un equilibrio entre la asistencia estatal y los ingresos que el trabajador percibía antes de quedar desempleado.
Cómo se calcula el monto que cobra cada beneficiario
Más allá de los topes establecidos, el monto exacto que percibe cada trabajador no es igual para todos. ANSES determina el valor de la Prestación por Desempleo a partir de un cálculo individual que tiene en cuenta el historial salarial del beneficiario.
Para conocer cuánto corresponde cobrar, el organismo aplica el siguiente criterio:
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Se toma el 75% de la mejor remuneración mensual percibida durante los últimos seis meses previos a la desvinculación laboral.
El resultado de ese cálculo debe respetar los límites establecidos por el SMVM (mínimo del 50% y máximo del 100%).
De esta forma, quienes tenían salarios más altos podrán acceder al tope máximo, mientras que aquellos con ingresos menores recibirán montos proporcionales, siempre dentro de los valores establecidos.
Durante cuánto tiempo se paga la Prestación por Desempleo
Otro aspecto clave de este beneficio es su duración, que varía según la cantidad de tiempo trabajado antes del despido.
ANSES paga la Prestación por Desempleo durante un período que puede ir desde dos hasta doce meses, de acuerdo con los años de aportes realizados por el trabajador.
Además, existe una consideración especial para las personas mayores de 45 años, quienes pueden acceder a una extensión del beneficio de hasta 18 meses, en reconocimiento a las mayores dificultades que suelen enfrentar para reinsertarse en el mercado laboral.
Quiénes pueden acceder al bono de hasta $345.000
El beneficio está dirigido a distintos tipos de trabajadores, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Los casos contemplados son los siguientes:
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Trabajadores permanentes: deben acreditar al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
Trabajadores eventuales o de temporada: deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años, pero más de 90 días durante el último año previo a la finalización de la relación laboral.
El trámite debe realizarse dentro de los 90 días posteriores al despido. Pasado ese plazo, el derecho al beneficio puede perderse.
Cómo tramitar la Prestación por Desempleo en ANSES
Los trabajadores que deseen acceder a este beneficio deberán iniciar el trámite ante ANSES, ya sea de forma presencial o virtual.
Trámite presencial
Se realiza en cualquier oficina de ANSES, con turno previo, que puede solicitarse a través del sitio oficial del organismo.
Trámite virtual
Para quienes opten por esta modalidad, es necesario contar con:
En ambos casos, el organismo evaluará la documentación presentada y, de ser aprobada, comenzará a liquidar el beneficio en el calendario de pagos correspondiente.
Documentación obligatoria para acceder al beneficio
Para completar el trámite, ANSES exige la presentación de una serie de documentos, tanto en original como en copia.
Entre ellos se incluyen:
Despido sin justa causa
Despido por quiebra o concurso preventivo
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Nota del síndico certificando la disolución del contrato
Sentencia de quiebra autenticada por juzgado
Telegrama del empleador notificando el cese
Ejemplar del Boletín Oficial donde conste la quiebra
Renuncia por justa causa
No renovación de contrato a plazo fijo
Fallecimiento del empleador
Enfermedad o accidente