El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó que la exención del impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) para jubilados, pensionados y personas con discapacidad continuará vigente durante todo 2026.
El beneficio del ABL 2026 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires seguirá vigente para distintos sectores, que podrán acceder a importantes alivios fiscales. El trámite es gratuito y se puede realizar online, por mail o presencial.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó que la exención del impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) para jubilados, pensionados y personas con discapacidad continuará vigente durante todo 2026.
La medida, incluida en el Presupuesto 2026 aprobado esta semana por la Legislatura porteña, busca aliviar la carga fiscal de los sectores más vulnerables y garantizar continuidad con el sistema aplicado en 2025.
En 2025, más de 85.426 jubilados y pensionados se beneficiaron con la exención total del impuesto. En el padrón total de unos 600.000 jubilados y pensionados, casi 80.000 contaron con exención total o parcial, mostrando el alcance social de esta política.
Los criterios para 2026 son los siguientes:
Propiedad: debe ser única y permanente, sin considerar inmuebles adicionales.
Valuación Fiscal Homogénea (VFH): hasta $48,5 millones según el Gobierno de la Ciudad, con referencia de hasta $40 millones según Ley Tarifaria 2025.
Ingresos: los jubilados y pensionados deben percibir hasta cuatro jubilaciones mínimas, es decir $1.038.095 a diciembre de 2024.
Para las personas con discapacidad, solo se consideran los dos primeros requisitos (vivienda única y valuación fiscal).
Importante: a diferencia del esquema anterior, donde la exención podía ser parcial (25%, 50%, 75% o 100%), ahora quienes cumplen los requisitos reciben automáticamente la exención del 100% del ABL.
El trámite es gratuito y puede hacerse de tres formas:
Online: a través del sitio web de AGIP (https://www.agip.gob.ar/)
Por mail: mediante el Sistema de Tickets (SiT), sin necesidad de concurrir a la Sede Central ni a delegaciones comunales.
Presencial: con turno previo en las delegaciones AGIP, siguiendo las instrucciones de la web del Gobierno de la Ciudad.
Documentación necesaria
DNI del beneficiario
Último recibo de jubilación o pensión
Título de propiedad o contrato de locación vigente
Formulario de solicitud de exención
Recordatorio: si alguien se desuscribió de los mails oficiales, debe comunicarse con el 147 para indicar un correo alternativo y recibir la confirmación de turno.
Quienes ya figuren como beneficiarios verán la exención aplicada automáticamente durante 2026, mientras que los nuevos solicitantes deberán completar la acreditación anual según la normativa vigente.