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Anses cambió los requisitos para la Ayuda Escolar Anual: uno por uno

Se aplicarán a partir de marzo para quienes sean titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH). ¿Cuáles son?
Anses cambió los requisitos para la Ayuda Escolar Anual: uno por uno

Desde marzo, quienes busquen cobrar la Ayuda Escolar Anual necesitarán menos requisitos para poder acceder. La Anses eliminó tres puntos de los lineamientos generales para presentar la Libreta Nacional de Seguridad, Social, Salud y Educación, que corresponde a la Asignación Universal por Hijo (AUH).

El objetivo de estos cambios es “perfeccionar los procesos para llevar un mejor control de la continuidad escolar”, indicó la Resolución 19, publicada en el Boletín Oficial

En ese apartado se derogaron los artículos 4, 7, 8 y 10 de las normativas 203 y 28 y además, la Anses introdujo una modificación para acreditar la asistencia escolar exigida.

Ahora, la autoridad del establecimiento educativo al que asista el niño, niña o adolescente, deberá certificar la concurrencia del alumno. Tales registros se dejarán asentados en la Libreta de Asignación como en el Formulario que se establezca para tal fin.

Anses: ayuda escolar

Los nuevos requisitos para tramitar la Ayuda Escolar de Anses

Según la Resolución, la persona titular de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social deberá acreditar, "en el año en curso y por cada menor de DIECIOCHO (18) años a su cargo, el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incisos e) y f) del artículo 14 ter de la Ley N° 24.714, en la LIBRETA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, SALUD Y EDUCACIÓN, en adelante Libreta, y/o en el Formulario que se establezca para tal fin”.

Estos requerimientos son:

  • Hasta los 4 años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los 5 años de edad y hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.
  • Desde los 5 años de edad y hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.
  • Acreditar que el o la titular del beneficio y la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país.

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