Según información oficial del Anses existen tres tipos de pensiones no contributivas:
La pensión no contributiva por invalidez: para aquellas personas que acrediten una disminución del 76% o más en su capacidad laboral.
La pensión no contributiva para madre de 7 hijos: para todas las mujeres que tengan o hayan tenido siete o más hijos, de cualquier edad o estado civil.
La pensión no contributiva por vejez: que es la prestación destinada a personas mayores de 70 años o más, que no posean cobertura previsional.
Además, existe otra categoría de pensiones no contributivas que son las pensiones “graciables” (no sujetas a preceptos o normas), que entregó el Congreso Nacional según la Ley 26.913 del año 1983.
Actualmente, entre esas cuatro categorías, todas las pensiones no contributivas suman alrededor de un millón y medio de personas en el país, de las cuales alrededor de un millón, son pensiones por invalidez.
¿Cómo acceder al beneficio según el tipo de pensión?
- Pensión no contributiva por invalidez:
- Para poder gestionarla, la persona debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser menor de 65 años, ser argentino nativo o naturalizado (con al menos 5 años de residencia continuada); o extranjero (con al menos 20 años de residencia efectiva en el país).
- No recibir ningún otro beneficio del Estado Nacional, Provincial o Municipal.
- No estar bajo relación de dependencia ni tampoco estar registrado como independiente (monotributista o autónomo).
- No tener ingresos fijos o bienes materiales a su nombre, que garanticen su subsistencia.
- No tener ayuda legal económica o de alimentos de parientes directos.
- No estar detenido, a disposición de la justicia.
Al momento de iniciar el trámite se deberá presentar DNI del titular, formulario de apoderado (en el caso de corresponder), y sentencia de tutela o curatela, también según corresponda.
El trámite tendrá dos fases, una primera parte en la web y luego en la dependencia u oficina del ANSES.
Según información oficial del ente nacional, al momento de solicitar la pensión y mientras continúe el trámite, el beneficiario podrá conjuntamente seguir cobrando la Asignación Universal por Hijo y/o Asignación por Embarazo para Protección Social.
Pensión no contributiva para madre de 7 hijos
Esta retribución es incompatible con el cobro de jubilaciones y pensiones, Pensión Universal para el Adulto Mayor, Asignación Familiar por Hijo, Asignación Universal por Hijo y por Embarazo.
La pensión no contributiva para madre de 7 hijos es un beneficio mensual, inembargable y vitalicio según la ley, destinado a las madres de cualquier edad, estado civil, que tengan o hayan tenido, siete o más hijos. En este beneficio también constan los hijos adoptados.
En el caso del fallecimiento de la madre, tiene derecho a cobrar esta pensión el viudo o concubino incapacitado, o sus hijos menores de edad. También los hijos que estén incapacitados, estos sin límite de edad.
Las madres que quieran acceder deberán:
Ser argentinas o naturalizadas (en este último caso tener como mínimo un año de residencia al momento de la solicitud). Sí sé es extranjera, 15 años al momento de la solicitud.
La posible beneficiaria no deberá ser titular de jubilación, pensión o retiro, otorgada por cualquier régimen previsional.
No deberá contar con bienes, ingresos, ni recursos que permitan su subsistencia y la del grupo familiar. Ni parientes directos que estén obligados a ayudar.
Por último, para tener derecho a esta prestación, el cónyuge o concubino de la mujer podrá ser beneficiario de un régimen previsional, pero no podrá ser titular de una pensión por vejez o de una pensión por invalidez.
En este caso, la posible beneficiaria puede consultar en la página del Anses la documentación necesaria y presentarse en cualquier oficina o dependencia de la misma, sin turno previo.
Pensión no contributiva por vejez
Esta última prestación les corresponde a personas de 70 años o más, sin cobertura previsional.
El solicitante debe ser argentino o naturalizado, residente en el país. Si el mismo es extranjero, deberá acreditar 40 años de residencia en territorio argentino.
Puede iniciar su trámite directamente y sin turno, llevando su DNI y el formulario PS 6.18 (disponible en la web), a cualquier oficina o dependencia del ANSES.
En el caso del fallecimiento del titular, tienen derecho a cobrar esta prestación, el cónyuge mayor de 70 años, incapacitado; que haya convivido los últimos 5 años antes del fallecimiento.