AFA

Citaron a indagatoria a Claudio Tapia y a Pablo Toviggino y les prohibieron salir del país

La decisión fue tomada por el juez Diego Amarante, luego de un pedido de la ARCA en la causa que investiga la retención indebida de aportes de más de 19.300 millones de pesos.

Citaron a indagatoria a Claudio Tapia y a Pablo Toviggino. 

Citaron a indagatoria a Claudio Tapia y a Pablo Toviggino. 

El presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, fue citado a declaración indagatoria en una causa que investiga una presunta apropiación indebida de aportes impositivos y de seguridad social por más de $19.353 millones. La medida, que también alcanza a Pablo Toviggino, fue dispuesta por el juez en lo Penal Económico Diego Amarante, quien además ordenó la prohibición de salida del país para los directivos involucrados.

La investigación se centra en retenciones de impuestos y contribuciones sociales que, según la denuncia, habrían sido descontadas pero no depositadas ante el fisco entre marzo de 2024 y septiembre de 2025. La decisión judicial se tomó tras un pedido de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que actúa como querellante en el expediente.

El magistrado hizo lugar al planteo de ARCA y convocó a la Asociación del Fútbol Argentino como entidad y a Tapia para el próximo 5 de marzo de 2026. Ese mismo día el dirigente deberá presentarse ante el juzgado con sede en la avenida de los Inmigrantes 1950, en la ciudad de Buenos Aires.

En tanto, el tesorero Pablo Toviggino fue citado para el 6 de marzo, junto al director general Gustavo Lorenzo. Por su parte, el secretario general Cristian Malaspina y el ex secretario general Víctor Blanco Rodríguez deberán presentarse el 9 de marzo.

En la resolución, el juez advirtió sobre “la gravedad de los hechos investigados” y la “severidad de la pena en expectativa”, lo que justificó la prohibición de salida del país para todos los acusados.

toviggino-tapia_862x485
Claudio Tapia y Pablo Toviggino.  

Claudio Tapia y Pablo Toviggino.

Investigación por retenciones impositivas y aportes a la seguridad social

La denuncia original fue presentada el 12 de diciembre de 2025 y ampliada días después. Según consta en el expediente, la investigación abarca 69 hechos independientes en los que la AFA, en su rol de agente de retención, habría descontado montos correspondientes al IVA, al Impuesto a las Ganancias y a la seguridad social sin transferirlos al Estado dentro de los plazos legales.

De acuerdo con la documentación judicial, el monto total investigado asciende a $19.353.546.843,85. Entre los conceptos detallados figuran:

  • $663.340.652,50 en retenciones de IVA.
  • $1.998.652.056,40 en retenciones del Impuesto a las Ganancias.
  • $8.016.291.166,48 vinculados al régimen del artículo 79 de Ganancias.
  • $8.675.262.968,47 en contribuciones a la seguridad social.

Según la hipótesis fiscal, los fondos habrían sido retenidos o percibidos pero no ingresados dentro del plazo legal de 30 días corridos tras su vencimiento.

El expediente señala que julio de 2025 fue el período con el monto más alto, con más de $2.854 millones, seguido por septiembre de ese mismo año, con $1.730 millones.

La querella sostiene que la conducta investigada se habría extendido durante 19 meses consecutivos, lo que descarta, en esta etapa, que se trate de un error administrativo aislado y podría indicar la existencia de dolo.

AFA__
El magistrado hizo lugar al planteo de ARCA y convocó a la Asociación del Fútbol Argentino. 

El magistrado hizo lugar al planteo de ARCA y convocó a la Asociación del Fútbol Argentino.

ARCA sostiene que la AFA tenía capacidad de pago

Uno de los ejes del planteo judicial radica en la presunta capacidad financiera de la AFA durante el período investigado. Según el escrito, la entidad registró “abultadas acreditaciones bancarias” y constituyó múltiples plazos fijos en pesos y dólares.

El documento destaca que solo en diciembre de 2024 la AFA habría recibido más de $45.000 millones. Para la querella, estos elementos descartan una imposibilidad material de pago y refuerzan la hipótesis de una decisión deliberada de no depositar los fondos.

También se citó jurisprudencia que establece que los importes retenidos pertenecen a los contribuyentes y que el agente de retención actúa como intermediario ante el fisco.

El planteo invoca los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario vigente al momento de los hechos, que prevén penas de dos a seis años de prisión para los agentes de retención que no depositen los montos retenidos cuando superan determinados mínimos mensuales.

Apelación y estrategia de defensa de la AFA

En paralelo, los abogados de la AFA apelaron ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico el rechazo del pedido de sobreseimiento basado en una “excepción de falta de acción”. El Tribunal de Apelaciones deberá revisar la resolución judicial, mientras continúa la instrucción.

Hasta el momento, solo la AFA y Tapia designaron defensa. El resto de los imputados fue intimado a nombrar abogados de confianza dentro del plazo legal, bajo apercibimiento de asignarles un defensor oficial.

LSASI4KCJNH3FFERM5IWZKRSFY
Tapia, Toviggino y otros directivos de la AFA, en reunión de asamblea. 

Tapia, Toviggino y otros directivos de la AFA, en reunión de asamblea.

Qué implica la declaración indagatoria

La declaración indagatoria constituye el primer acto formal de defensa en el proceso penal. En esa instancia, el juez comunica los hechos y las pruebas y los imputados pueden declarar o abstenerse.

Para que proceda, debe existir una “sospecha suficiente” basada en elementos objetivos, criterio que, según la querella, se encuentra cumplido en este caso.

El fiscal de la causa impulsó formalmente la acción penal el 26 de diciembre de 2025. Ahora, la investigación avanza en un contexto de mayor control sobre el cumplimiento de grandes contribuyentes.

Por el momento, la acusación se encuentra en etapa preliminar y la eventual responsabilidad penal de los dirigentes deberá definirse a lo largo de la instrucción y, eventualmente, en un juicio oral.