IMPUESTO SOBRE BIENES PERSONALES

El Gobierno amplió el plazo para adherir al régimen de pago adelantado de Bienes Personales: ¿hasta cuándo?

El Gobierno prorrogó el plazo para adherir al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales: será hasta el 31 de octubre.

El Gobierno amplió el plazo para adherir al pago adelantado de Bienes Personales.

El Gobierno amplió el plazo para adherir al pago adelantado de Bienes Personales.

Así lo informó el ministerio de Economía, liderado por Luis "Toto" Caputo, en un comunicado, donde indicó que se le enconmendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que dicte una Resolución General para ampliar los plazos.

El Gobierno amplió el plazo para adherir al régimen de Bienes Personales

El ministro de Economía, Luis Caputo, encomendó este viernes a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que dicte una Resolución General que amplía los plazos para finalizar el proceso de adhesión al Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) del nuevo pacto fiscal.

Según se informó desde el ministerio, la norma permitirá que quienes adhirieron al REIBP hasta el 30/9/24, pero a esa fecha no pudieron terminar dicho trámite, puedan hacerlo hasta el 31/10/24.

A su vez, se permitirá que quienes optaron hasta el 30/9/24 por presentar su declaración del Impuesto sobre los Bienes Personales y ahora quieran adherir al REIBP, puedan tener la posibilidad de rectificarla y acceder al régimen hasta el 31/10/24.

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El Gobierno amplió el plazo para adherir al régimen de Bienes Personales.

El Gobierno amplió el plazo para adherir al régimen de Bienes Personales.

Qué es el Régimen Especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales y qué beneficios tiene

El REIBP ofrece a los contribuyentes la opción de tributar de manera unificada por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027.

El Régimen es de adhesión individual y voluntaria, y permite que aquellos que se sumen tributen el Impuesto sobre los Bienes Personales de manera consolidada por varios períodos fiscales. Esto incluye tanto a aquellos bienes que no fueron regularizados bajo el Régimen de Regularización de Activos de la Ley N° 27.743, como a aquellos que sí lo fueron.

Entre los beneficios al adherir al REIBP se encuentran mantener estabilidad fiscal patrimonial hasta el 2038; no tener que cumplir las obligaciones derivadas del Impuesto sobre los Bienes Personales durante la vigencia de ese gravamen (anticipos, declaraciones juradas, entre otras); y la posibilidad de que los incrementos patrimoniales no generen impuesto adicional a ingresar en bienes personales (excepto algunas donaciones y liberalidades).

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