Las empresas que quieran girar utilidades al exterior lo podrán hacer al tipo de cambio oficial, según dispuso este jueves el Banco Central de la República Argentina. Pero, según la resolución "A" 6869, habrá condiciones a cumplir.
Las empresas que quieran girar utilidades al exterior lo podrán hacer al tipo de cambio oficial, según dispuso este jueves el Banco Central de la República Argentina. Pero, según la resolución "A" 6869, habrá condiciones a cumplir.
Esas empresas deberán ingresar dólares en concepto de aporte de inversión extranjera. Las que lo hagan podrán acceder desde mañana al mercado cambiario para realizar la operatoria hacia el fuera del país.
Esta flexibilización del cepo obliga a cumplir otras reglamentaciones. Las empresas tendrán que esperar al menos 30 días desde que liquidaron en pesos los aportes ingresados del exterior para volver a comprar dólares. Y en caso de que quieran girar utilidades y dividendos lo podrán hacer por el 30% del monto ingresado.
En la disposición de la autoridad monetaria se autoriza a los bancos a dar "acceso al mercado de cambios para girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos a accionistas no residentes, sin la conformidad previa del BCRA", en la medida que se cumplan las siguientes condiciones:
La empresas tenían restringido el acceso al mercado oficial para girar utilidades afuera del país desde la instauración del cepo cambiario.