También, aseguró que “las garantías de los derechos esenciales de la población y su goce efectivo, siendo un interés prioritario tener asegurado el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente aquellos tendientes a la protección de la salud individual y colectiva".
De esta manera, estableció que el alcohol en gel sufra “la retrocesión de su precio de venta, en todas las presentaciones, a valores del 15 de febrero de 2020”.
Mientras, con la resolución 114/2020 normó el “control de precios para los barbijos no quirúrgicos y termómetros a los precios del 6 de marzo”.
Incluso, instó a que se limite la comercialización de los barbijos para uso profesional: "Los barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o TRICAPA, sólo puedan ser adquiridos por aquellas personas humanas que acrediten su condición como profesionales y personal del sistema de salud".
En tanto, para los que no son uso profesional se puso un tope de $40 por cada unidad, como medida de costo a los consumidores.