Impuestos

Luego de la firma del Consenso Fiscal: ¿cuáles son los impuestos que podrían aplicar las provincias?

Tras la firma de un nuevo acuerdo con gobernadores de todo el país, A24.com elaboró una guía para detallar cuáles serán los distintos impuestos provinciales.
Luego de la firma del Consenso Fiscal: ¿cuáles son los impuestos que podrían aplicar las provincias?

Luego de la firma del Consenso Fiscal: ¿cuáles son los impuestos que podrían aplicar las provincias?

El presidente Alberto Fernández firmó con gobernadores un nuevo Consenso Fiscal para 2022. Por tercer año consecutivo 23 de las provincias del país suscribieron o adhirieron al acuerdo federal. Para comprender el impacto de la medida, A24.com elaboró una guía para detallar cuáles serán los distintos impuestos provinciales y las facultades tributarias propias de los distritos.

El consenso es un acuerdo federal que busca la instrumentación de una política y administración tributaria articulada entre todas las jurisdicciones partícipes, de modo que las distintas decisiones se adopten en un marco de estabilidad jurídica preestablecido.

¿Cuáles son los impuestos que podrían aplicar las provincias?

La firma del acuerdo les dará a las provincias la posibilidad de contar con un intercambio de información de naturaleza tributaria sobre los contribuyentes de sus jurisdicciones con vistas a mejorar las capacidades de gestión y potenciar el cumplimiento tributario.

Según el oficialismo, se busca "fortalecer la autonomía de las provincias brindando estabilidad jurídica a los gobiernos y a los contribuyentes respecto de los impuestos provinciales".

La administración tributaria es una tarea gubernamental clave que consiste en la implementación de leyes tributarias, incluyendo la gestión de las operaciones de los sistemas tributarios lo cual genera el cumplimiento de pago por parte de cada uno de los contribuyentes. En el acuerdo firmado se establece:

  • Fortalecer el Padrón Federal – Registro Único Tributario (RUT). Operativizar el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).
  • Evitar la generación de saldos inadecuados o permanentes.
  • Consensuar una ley que fortalezca el Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles (O.Fe.V.I.).
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El Presidente se sacó la foto del respaldo de los 23 gobernadores al Consenso Fiscal.

El Presidente se sacó la foto del respaldo de los 23 gobernadores al Consenso Fiscal.

Impuesto sobre Ingresos Brutos

El Impuesto sobre los Ingresos Brutos es el gravamen que corresponde a las actividades autónomas, actos u operaciones que consiste en la aplicación de un porcentaje sobre la facturación de un negocio, independientemente de su ganancia. Se estableció:

  • Determinar que el hecho imponible alcanza al ejercicio habitual y a título oneroso, lucrativo o no.
  • Aplicar alícuotas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos que no sean superiores a las establecidas para cada actividad.

Impuesto a los sellos

El Impuesto de Sellos es un gravamen provincial que debe ser abonado por las personas, asociaciones, organizaciones, empresas que realicen actos o contratos a título oneroso. Es decir, las partes pactan que tienen la obligación de dar algo a cambio. En este caso se consensuó:

  • Una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles, del 3% a la transferencia de automotores y del 2% a las restantes operaciones alcanzadas por este tributo en general.
  • No estarán sujetos alícuota máxima operaciones relacionadas con las actividades de loterías y los juegos de azar.

Impuesto automotor

El Impuesto a los Automotores grava a cada vehículo automotor radicado o cuya guarda habitual se encuentre en la provincia, inclusive los vehículos remolcados, moto vehículos y las embarcaciones afectadas a actividades deportivas o recreación. Se estableció:

  • Determinar como base imponible del Impuesto, como mínimo, el 95% de las valuaciones de los vehículos automotores que establezca la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRNPAyCP).
  • Fijar como alícuota mínima anual del tributo un 2% de la base imponible determinada conforme lo establecido en el inciso anterior, excepto para el caso particular de los automotores vinculados a actividades productivas.

Impuesto inmobiliario

El Impuesto Inmobiliario es un tributo que aplican todas las provincias argentinas sobre la propiedad inmobiliaria, ya sea urbana o rural. Con el Consenso Fiscal se acordó:

  • Adoptar para el cálculo y determinación de las valuaciones fiscales los procedimientos de valuaciones establecidos por el O.Fe.V.I.
  • Fijar la alícuota del Impuesto inmobiliario en un rango entre el 0,5% y el 3% del valor fiscal establecido conforme lo previsto en el punto anterior.

Impuesto a la transmisión gratuita de bienes

Impuesto a la transmisión gratuita de bienes grava a todo aumento de riqueza, que se configure como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza, que comprenda o afecte uno o más bienes situados en la provincia y/o beneficie a personas físicas o jurídicas con domicilio en la misma.

En el acuerdo firmado se establece analizar, durante el 2022, la posibilidad de legislar sobre un impuesto a todo aumento de riqueza obtenido a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza.

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Juntos por el Cambio avaló a los gobernadores y a Larreta.

Juntos por el Cambio avaló a los gobernadores y a Larreta.

Consenso Fiscal: ¿Qué podrán y no podrán hacer las provincias?

Tres fueron los puntos consensuados para el 2022 en los que determinaron los límites al accionar de cada provincia.

En primer lugar, se les exige un Endeudamiento Responsable, es decir, que podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera respecto a los valores registrados a tal fecha:

  • Las líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito.
  • Los desembolsos pendientes originados en convenios firmados con anterioridad al 31 de diciembre de 2021.
  • Los incrementos de stock generados por las operaciones de reestructuración de deuda.

En segundo lugar, se comprometieron a ejercer Responsabilidad Fiscal, y retomar la vigencia de los artículos y/o cláusulas suspendidas de la Ley N° 25.917, con las siguientes adecuaciones:

  • La regla de límite de crecimiento del gasto estará regida en todos los casos por el incremento del PIB.
  • El producido del endeudamiento gubernamental no podrá destinarse a gastos corrientes, con las excepciones que correspondan.

En tercer lugar, las partes se abstendrán por un año de iniciar procesos judiciales y suspenderán por igual término los ya iniciados, al tiempo que Nación se comprometió a pagar en 12 cuotas los saldos pendientes de la actualización de la compensación.

Silvina Batakis defendió el impuesto a la herencia

En este contexto, también se puso en debate la posibilidad de analizar el impuesto a la herencia. La secretaria de Provincias del Ministerio del Interior, Silvina Batakis, afirmó que "el impuesto a la herencia estaba vigente desde 1800 hasta que fue eliminado por la última dictadura militar y que solo se mantiene en la provincia de Buenos Aires", y agregó que "el tributo está en todos los países desarrollados"

"Lo que venimos trabajando hace dos o tres meses, en esa propuesta surge analizar el año que viene el impuesto a transmisión gratuita de bienes. Si lo quisieran implementar, les corresponde a las provincias porque es un impuesto directo, pero es una facultad no delegada en el gobierno nacional. La idea es durante 2022 darnos espacio para analizarlo, después será potestad de las provincias", dijo Batakis.

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