Por su parte, los contribuyentes registrados en las categorías más elevadas como la H pasarán a pagar $16.147,46 de obligación mensual desde enero de 2022 cuando durante la segunda mitad del año abonaron $12.789,38. El tope de facturación ascenderá un 26% para llegar a $3.276.011,15.
Peajes
La suba en el precio de los peajes comenzará a regir a partir del 7 de enero y será del 45%. El valor para el tránsito liviano en horario pico pasará de $61 a $88,50 en la autopista Illia; de $148,22 a $215 en las autopistas 25 de Mayo y Perito Moreno; y de $41,85 a $61 en el peaje Alberti. Mientras que, el costo del Paseo del Bajo -exclusivo para el tránsito pesado y micros de larga distancia- irá de $135,63 a $199,66.
Prepagas
El último tramo aprobado supone un incremento del 9% a partir del 1 de enero de 2022. Si bien habían anunciado el pago agregado de un copado, el 28 de diciembre, las prestadoras dieron marcha atrás con su implementación luego de que el Gobierno les ratificara la plena vigencia del incremento establecido para el primer mes del 2021.
De esta forma, las prepagas terminarán por ajustar sus cuotas en un 61,04% en menos de un año, de marzo de 2021 a enero de 2022.
La Verificación Técnica Vehicular
En la Ciudad de Buenos Aires el costo de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) aumentará un 51% a partir del primer día hábil de 2022.
La VTV es obligatoria para todos los vehículos de más de 3 años de antigüedad y las motos con más de un año. En enero la tarifa pasará de $2.665 para autos y de $1.002 para motos a $4024.33 y 1513.22, respectivamente.
Tarifas de internet, telefonía fija y televisión por cable
El Gobierno autorizó un aumento de hasta el 9,8% en las tarifas de los servicios de internet, telefonía fija, televisión por cable y satelital, solo para pequeñas y medianas empresas que posean menos de 100 mil clientes. El incremento se aplicará desde el primero de enero.
Además, el Enacom dispuso también que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las licenciatarias, y que supere los valores expresamente autorizados "deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas".