La defensa del acusado se va a oponer este jueves en una audiencia, por lo que el juez tendrá que resolver. “La causa va a juicio y hay una calificación que va a ser peleada por las partes, porque puede haber varias calificaciones”, explicó.
El fiscal argumentó que hay varios elementos que permiten pedir la preventiva: la falta de contundencia en las declaraciones del acusado, el pasado de Moreno como policía retirado, la reacción que tuvo luego de dispararle a Díaz y la distancia con la que efectuó el disparo.
“Yo el arma la llevé para intimidar, no con la intención de usarla. Me empezaron a agarrar del cuello, a empujar para atrás y me largaron un par de puñetazos. En ese momento se me dispara el arma, nunca tuve intención”, fue la declaración que dio Moreno ante la Justicia.
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Rafael Moreno, policía retirado de la PFA, asesinó a un vecino luego de pedirle que bajara la música.
El fiscal rebatió esa justificación con un sólido argumento: “En los videos se logra ver perfectamente el instante en que Moreno, previo a apoyar el arma en el abdomen de la víctima, manualmente rebatió el martillo percutor para poder efectuar el disparo en una simple acción”.
En segunda instancia, Rulli habló del pasado de Moreno como policía retirado: “Su conocimiento en el manejo de armas no solo permite inferir, sino asegurar enfáticamente que su acción fue fría y deliberada”.
El jubilado no intentó ayudar al herido, según el fiscal
El fiscal también desestimó las declaraciones del acusado al asegurar que luego del ataque “no adoptó un temperamento activo para remediar el disparo que él mismo calificó como 'accidental´”.
“Solamente se quedó contemplando la situación e incluso le refirió a la vecina ‘ahí tenés gorda’ (SIC), como jactándose de lo que había hecho, denotando así nuevamente su dolo homicida”, agregó Rulli.
Por último, el fiscal remarcó que por las características macroscópicas del orificio de entrada, la distancia del disparo que ejecutó el policía retirado “sería corta”.
Por este motivo, Rulli no solo pidió que se mantenga la prisión preventiva, sino que la causa sea calificada como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación ilegal de arma de guerra”,