ANSES Desempleo: Cómo sigo cobrando la obra social

Las personas que reciben el pago mensual por Desempleo pueden pedir mantener la cobertura médica durante el mismo período en que cobran la ayuda estatal ¿Cómo sigo cobrando la obra social?
Paola Papaleo
por Paola Papaleo |
ANSES Desempleo: Cómo sigo cobrando la obra social

ANSES Desempleo: Quiénes pueden cobrarlo

Las personas desempleadas que se inscriban dentro de los 90 días hábiles desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral, pueden cobrar mensualmente una ayuda económica que puede extenderse hasta doce meses.

El beneficio del Programa Desempleo incluye a dos grupos:

  • Trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
  • Trabajadores de la construcción despedidos sin justa causa o por finalización de obra.

ANSES Desempleo: ¿Puedo mantener la obra social?

Quienes perciban el seguro de Desempleo, también pueden continuar recibiendo la cobertura médica durante el mismo período. Además, ese beneficio se extiende a:

  • Cónyuge o concubino/a
  • Hijos solteros hasta 21 años no emancipados
  • Hijos solteros mayores de 21 y hasta los 25 años que estén a exclusivo cargo del titular y que cursen estudios regulares con reconocimiento oficial
  • Hijos incapacitados de cualquier edad
  • Hijos del cónyuge/concubino
  • Menores con guarda y tutela acordada por autoridad judicial

ANSES Desempleo: Qué trámite debo hacer para mantener la obra social

Quienes se inscriban a la prestación por Desempleo deberán hacer un trámite en caso de que quieran mantener la obra social. Estos son los pasos a seguir:

  1. Tramitar el Comprobante de Empadronamiento (CODEM), que es la constancia del ingreso de novedades declaradas y lo pueden pedir en la Obra Social.
  2. Solicitar en la oficina de ANSES donde realizaste el trámite de solicitud de la prestación por desempleo una constancia donde figuran tus datos como titular, los de tu grupo familiar y la obra social asignada.
  3. Presentar la constancia en la Obra Social para recibir la cobertura médico asistencial, siempre y cuando hayas superado los controles efectuados por ANSES.
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