Atención JUBILADOS: Cuál será la NUEVA FÓRMULA DE MOVILIDAD y desde cuándo se aplicaría

El gobierno envió al Congreso las modificaciones al proyecto de ley "Ómnibus" que incluyen cambios en la Ley de Movilidad Jubilatoria.
Paola Papaleo
por Paola Papaleo |
Atención JUBILADOS: Cuál será la NUEVA FÓRMULA DE MOVILIDAD y desde cuándo se aplicaría

Resignando la primera intención de aumentar los haberes jubilatorios por decreto, el gobierno envió al Congreso de la Nación una nueva propuesta para reformular la aplicación de la actual ley de Movilidad Jubilatoria, dentro del paquete de modificaciones realizadas sobre el proyecto de ley "Ómnibus".

Jubilaciones y Pensiones: Cómo se calcularán los próximos aumentos

Ante la negativa de los diputados de aceptar la derogación de la Ley de Movilidad para reemplazarla por aumentos dados por decreto a través del Ejecutivo, el gobierno decidió cambiar esta propuesta con el objetivo de que los jubilados y pensionados no pierdan poder adquisitivo ante la elevada inflación.

Así, de aprobarse, a partir del mes de abril se comenzaría a aplicar una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del INDEC.

Mientras tanto, en marzo se ajustarán los haberes por la fórmula de movilidad vigente. En ese mes es cuando se debe otorgar a los jubilados y pensionados el nuevo aumento según la Ley de Movilidad Jubilatoria, dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 24.241, que debería regir para los meses de marzo, abril y mayo. Sin embargo, la fórmula solo se aplicará para el tercer mes del año a la espera de comenzar luego con los aumentos por inflación.

La Ley de Movilidad jubilatoria establece que los haberes se actualicen según el índice que surge de sumar el 50% del aumento trimestral de la recaudación de la ANSES y 50% de la variación de los salarios. Para calcular el último ítem, se tendrá en cuenta el mayor valor entre el número fijado por la Remuneración Imponible para el Trabajador Estable (Ripte) y el índice general de salarios que registró el INDEC.

"El Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual" y "a partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del INDEC", se detalla en el texto modificatorio de la Ley Ómnibus. Asimismo se aclara que "en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario o la beneficiaria".

Jubilaciones y Pensiones: BONO DE REFUERZO

Mediante el Decreto 116/23, el gobierno confirmó que durante enero y febrero los jubilados y pensionados de la mínima cobrarán un bono de hasta 55 mil pesos. Esta medida incluye a más de 5 millones de personas en todo el país que cobran a través de alguno de estos regímenes:

  • Jubilados y pensionados del SIPA que cobran hasta un haber mínimo.
  • Titulares de Pensión para el Adulto Mayor.
  • Titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC) por Vejez, Invalidez y por Madre de 7 hijos o más.
  • Jubilados y pensionados que cobran haberes mínimos con 30 años o más de aportes efectivos y que no hayan necesitado de una moratoria para su jubilación.

De esta manera, las personas que cobran $105.712 pesos (haber mínimo), con la medida anunciada alcanzarán los 160.712 pesos.

Además, la ANSES informó que todas las personas que cobren menos de esa cifra ($160.712) pero superan la mínima, también percibirán un bono proporcional; lo cual significa que un jubilado con un haber de 120 mil pesos cobrará un aumento de 40 mil pesos para alcanzar el monto de 160.712 pesos.