En 2022 contrajo matrimonio y luego decidieron con su marido inscribirse en el procedimiento de “subrogación de vientre en Ucrania”, fruto del cual están esperando un hijo actualmente.
A partir de estos hechos, la solicitante afirmó que si bien su empleador le concedió la licencia por maternidad, en marzo la ANSES se la denegó. En su dictamen, la fiscal sostuvo que el rechazo de la ANSES a otorgar la asignación por maternidad resulta “a todas luces discriminatorio”, al excluir del beneficio a la mujer por indicar que debe encontrarse embarazada.
El organismo estatal fundamentó su decisión en que “a los efectos de la percepción de la Asignación por Maternidad, la trabajadora debe encontrarse embarazada en los términos del artículo 20 del Código Civil y Comercial de la Nación, notificar el mismo a su empleador y acreditar los requisitos que la normativa vigente establece”.
En esa misma línea, ANSES indicó que no dispone per se de nuevas asignaciones a las que ya existen en el Régimen General de la Ley de Régimen General de Asignaciones Familiares -N°24.714- y de las leyes especiales sobre la materia.
En consecuencia, la mujer promovió la acción de amparo y detalló que el organismo debe otorgar las prestaciones que sean necesarias para garantizar el derecho a la vida privada y familiar, que permite a las personas desarrollar un proyecto de vida, el derecho a la integridad física y a fundar una familia, como asimismo el derecho de la persona por nacer a desarrollarse en el seno de una familia y el derecho a la autonomía reproductiva.