Se establece además, que las comercializadoras deberán aplicar y trasladar el recargo, en su exacta incidencia, sobre el precio del gas natural adquirido en el PIST.
El Ministerio de Economía fundamentó la decisión en una mayor necesidad de “fondos para financiar el régimen de compensaciones del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas”.
La emergencia del sector energético y la reestructuración de subsidios
Según se señaló en los considerandos de la resolución, la medida se enmarca en la emergencia del Sector Energético Nacional y del proceso de reestructuración de los regímenes de subsidios a la energía, en el que el Estado Nacional decidió quitar los aportes del Estado que funcionaban como un subsidio generalizado a toda la demanda y consumo de gas.
Las disposiciones de la resolución serán aplicables a los consumos realizados a partir del día en que el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) publique en el Boletín Oficial los procedimientos especiales para la facturación de este recargo.