El listado de actividades autorizadas
- Fabricación de productos del tabaco.
- Fabricación de productos textiles.
- Fabricación de indumentaria.
- Fabricación de manufacturas de cuero.
- Fabricación de celulosa y papel.
- Fabricación de productos de la industria química y petroquímica.
- Fabricación de plásticos y sus subproductos.
- Fabricación de neumáticos.
- Fabricación de cerámicos.
- Fabricación de productos metalúrgicos y maquinaria y equipo.
- Fabricación de productos electrónicos y electrodomésticos
- Industria automotriz y autopartes.
- Fabricación de motocicletas y bicicletas.
- Fabricación de madera y muebles.
- Industria gráfica, ediciones e impresiones.
- Industria del aluminio y metales afines.
- Fabricación de productos de vidrio.
- Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir, calzado y juguetes en
- comercios de cercanía sin ingreso de clientes.
- Venta al por menor de otros rubros en comercios de cercanía con ingreso de clientes.
- Servicio de comidas y bebidas para retiro en el local.
- Servicios inmobiliarios y martilleros.
- Servicios de contaduría y auditoría.
- Servicios de cajas de previsión y seguridad social.
- Servicios de kinesiología.
- Servicios de nutricionistas.
- Servicios de fonoaudiología.
- Servicios de terapia ocupacional.
- Servicios de peluquería y estética.
Las jurisdicciones comprendidas son Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban EcheverrÍa, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General RodrÍguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.
Según indica la norma publicada, las actividades se realizarán "bajo cumplimiento de protocolo, monitoreadas por las autoridades sanitarias y según los casos con sistema de turnos".
Si el Ministerio de Salud "detectare una situación de riesgo epidemiológico o sanitario, deberá recomendar en forma inmediata la adopción de las medidas pertinentes para contener la transmisión del virus SARS-CoV-2, pudiendo este, en cualquier momento, disponer la suspensión de la excepción dispuesta".