La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó cuándo se pagará el Bono extraordinario que otorgará el Ministerio de Trabajo, a través de la Resolución 1209/2023, a los titulares de la prestación por Desempleo.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó cuándo se pagará el Bono extraordinario que otorgará el Ministerio de Trabajo, a través de la Resolución 1209/2023, a los titulares de la prestación por Desempleo.
El nuevo bono que entregará el Ministerio de Trabajo a las personas que cobran una prestación por Desempleo forma parte de las medidas dispuestas por el Gobierno nacional para reforzar los ingresos de aquellos sectores de la población más afectados por la disminución de su poder adquisitivo.
De esta forma, se estableció el pago de un bono extraordinario de $20.000 para quienes están sin trabajo. Si bien la Resolución 1209/2023 indica que este extra se pagará en dos cuotas de $10.000 cada una, en los meses de septiembre y octubre, desde la ANSES confirmaron a A.24.com que el pago se hará en su totalidad con el cronograma previsto para el mes que comienza la semana que viene.
Es decir, que todos los titulares de la prestación por Desempleo estarán cobrando en octubre el Bono extraordinario de $20.000. Sin embargo, en la Resolución se aclara que en el caso de que el trabajador sólo tenga derecho a percibir la prestación por desempleo en uno de los meses, recibirá únicamente la cuota de $10.000 que corresponde a ese mes.
De acuerdo con datos del INDEC, el desempleo llegó al 6,2% en el segundo trimestre de este año, lo que equivale a casi 1,4 millones de personas sin trabajo durante ese período.
Ante esa situación la ANSES cuenta con la Prestación por Desempleo que está destinada a trabajadores que fueron despedidos sin justa causa o por fuerza mayorcomprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo n° 24.013. Estas personas perciben mensualmente el pago de la siguiente manera:
Con la suba aprobada del 32.2% del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que se pagará en tres tramos (octubre a diciembre), también se ve incrementado el monto que reciben las personas que cobran una prestación por Desempleo.
Así en la resolución 15 del Ministerio de Trabajo, firmada por la titular de la cartera Raquel 'Kelly' Olmos y publicada hoy en el Boletín Oficial, se establece que "la Prestación por Desempleo prevista en el artículo 118 de la Ley Nº 24.013, para los trabajadores convencionados o no convencionados, será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo". Agregando que "en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente".
El cronograma de pagos que realiza la ANSES a las personas que cobran la prestación por Desempleo comenzará el 23 de octubre, incluyendo el importe mensual más el bono de $20.000 o $10.000 según corresonda:
El trámite para cobrar la Prestación por Desempleo se realiza en la ANSES de manera presencial con turno previo o virtual a través del canal de Atención Virtual.
En ambos casos se debe contar con la documentación requerida. Si el trámite se realiza por la web, el sistema pedirá número de CUIL y Clave de la Seguridad Social para ingresar.