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El BONO de ANSES para desocupados también AUMENTÓ: en cuánto quedó y cómo inscribirse

El Gobierno de Javier Milei incrementó el Salario Mínimo Vital y Móvil, lo qe impactó de lleno en la prestación de ANSES por desempleo. De cuánto es, cómo inscribirse y cuándo se cobra.

El BONO de ANSES para desocupados también AUMENTÓ: en cuánto quedó y cómo inscribirse

A través de la Resolución 13/2024 del Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo fijó los incrementos para el haber mínimo, que a partir del 1 de julio ascenderá a $254.231,91, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo. En tanto, para los trabajadores jornalizados, la hora subirá a $1.271,16.

Consecuencia de la suba del Salario Mínimo, Vital y Móvil, la Prestación por Desempleo de ANSES, que depende del mismo, también se incrementó y en agosto será de $262.432,93.

"En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente", indica la normativa oficial.

Pueden cobrar la Prestación por Desempleo las personas comprendidas en la Ley de Contrato de Trabajo N°24.013, que hayan trabajado en relación de dependencia como permanentes o con contratos eventuales.

Para cobrar el extra, los requisitos son los siguientes:

  • Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
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Aumentó la prestación por desempleo de ANSES aumentó en agosto al igual que otras prestaciones. (Foto: archivo)

Aumentó la prestación por desempleo de ANSES aumentó en agosto al igual que otras prestaciones. (Foto: archivo)

Qué documentación se debe presentar ante ANSES

  • DNI (original y copia).
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso.
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.