Previsional

Un banco suspende el trámite de fe de vida para jubilados, ¿cómo tramitarla en el resto de las entidades?

La medida se logró en conjunto con la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) y regirá desde el viernes.
En el Banco Nación ya no será necesario presenta Fe de vida. (Foto: archivo)

En el Banco Nación ya no será necesario presenta Fe de vida. (Foto: archivo)

El Banco de la Nación Argentina (BNA) y la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) anunciaron que a partir del viernes se suspenderá la necesidad de hacer el trámite de fe de vida a jubilados y pensionados para que pudieran cobrar sus haberes.

De esta forma, los beneficiarios habilitados podrán percibir sus haberes sin la necesidad de demostrar la supervivencia, de acuerdo con el cronograma de pagos establecido por la Anses.

La Fe de vida volvió después de la pandemia

El trámite de fe de vida estuvo suspendido hasta el 28 de febrero, cuando volvió a ser obligatorio, luego de que ese requisito para beneficiarios previsionales fuera relevado con motivo de las restricciones por la pandemia de coronavirus.

Cómo puedo demostrar la Fe de vida

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En el Banco Nación ya no será necesario presenta Fe de vida. (Foto: archivo)

En el Banco Nación ya no será necesario presenta Fe de vida. (Foto: archivo)

Con el objetivo de simplificar y hacer más ágil y amigable este trámite, la Anses comenzó a solicitar desde noviembre de 2020 a las entidades bancarias que desarrollen y ofrezcan diversas metodologías digitales a los jubilados y pensionados que permitan realizar la fe de vida.

Las formas más utilizadas para realizar el trámite son:

  • Cobrar la jubilación o pensión de manera directa por ventanilla en el banco
  • Realizar una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria
  • Poner la huella digital en los diferentes tótems de los bancos
  • Acercarse a una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de Anses.

Cómo reactivar el cobro de la jubilación si no se presentó la Fe de vida

En caso de que el cobro del haber hubiera sido suspendido como consecuencia de no haber realizado la fe de vida, podrá reactivarse una vez que la persona o su apoderado la realicen, sin necesidad de hacer un trámite adicional, aunque el próximo cobro puede demorar hasta 60 días.

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