Por qué la defensa de Marcelo Porcel intentó impedir la extracción de ADN
La discusión judicial se originó cuando se ordenó obtener una muestra genética del acusado. Los abogados de Porcel cuestionaron que la medida pudiera aplicarse en esta instancia de la causa y reclamaron que se tuviera en cuenta la legislación vigente cuando comenzó la investigación.
Según el planteo defensivo, aquel régimen contemplaba la incorporación al registro genético de personas que tuvieran una condena firme. Como Porcel se encuentra procesado y no condenado, sus representantes consideraron que aplicar la normativa posterior podía afectar la presunción de inocencia, el principio de legalidad y el derecho a la intimidad.
La causa contra Marcelo Porcel se inició a partir de las denuncias vinculadas al colegio Palermo Chico. (Foto: archivo).
El planteo, sin embargo, ya había sido rechazado anteriormente por la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que avaló la extracción. Ante esa decisión, la defensa recurrió a Casación.
Los camaristas volvieron a rechazar los argumentos y señalaron que la extracción y el registro del ADN no constituyen una sanción penal, sino una medida destinada a aportar información para investigaciones criminales.
Entre los antecedentes analizados, los jueces remarcaron que el registro de perfiles genéticos no tiene como finalidad aumentar un eventual castigo, sino que puede funcionar como una herramienta para futuras investigaciones.
Qué dijeron los jueces sobre la extracción de ADN
Casación también descartó que incorporar el perfil genético al registro implique considerar culpable al empresario antes de que exista una sentencia.
En ese sentido, los magistrados destacaron el carácter sensible y reservado de la información genética y señalaron que esos datos únicamente pueden ser suministrados a autoridades judiciales o del Ministerio Público en el marco de una investigación determinada.
Además, recordaron que la normativa contempla mecanismos para eliminar los datos del registro si una persona finalmente queda desvinculada de la investigación o, bajo determinadas circunstancias, si su situación procesal permanece sin resolverse durante un período prolongado.
Otro de los aspectos evaluados fue el impacto físico del procedimiento. Para ello, Casación tomó en consideración jurisprudencia de la Corte Suprema, según la cual la obtención de una pequeña muestra de sangre mediante procedimientos médicos habituales representa una intervención mínima.
Los camaristas también consideraron que la defensa no logró demostrar qué daño concreto e irreparable podría ocasionarle a Porcel la extracción de ADN. Bruzzone sostuvo que no se acreditó de manera específica un "perjuicio concreto" que posteriormente no pudiera ser reparado, mientras que Jantus consideró que los cuestionamientos planteados se apoyaban en eventuales afectaciones de garantías que, en esta instancia, eran "hipotéticas y conjeturales".
Por último, Casación descartó que necesariamente deba aplicarse el régimen anterior por resultar más favorable al acusado. Según el criterio expresado en la resolución, la obtención y registración del perfil genético tiene carácter instrumental y registral, por lo que no constituye una norma penal de fondo alcanzada por las reglas de irretroactividad de la ley penal.
Porcel permanece procesado sin prisión preventiva. En junio, la causa había avanzado hacia la instancia de juicio oral después de que quedaran firmes tanto su procesamiento como el embargo dispuesto en su contra.