El Gobierno nacional amplió este lunes la lista de productos médicos y de sanidad que deberán pedir permiso para ser exportados, con el objetivo de garantizar el abastecimiento local en medio del pico de la pandemia de coronavirus.
El Gobierno nacional amplió este lunes la lista de productos médicos y de sanidad que deberán pedir permiso para ser exportados, con el objetivo de garantizar el abastecimiento local en medio del pico de la pandemia de coronavirus.
"Dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en nuestro país y para no afectar la atención sanitaria de la población", señala el decreto número 617/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, se establecen restricciones similares a las adoptadas en el mes de marzo cuando comenzó la pandemia.
La nueva norma establece que deberán pedir permisos especiales para ser exportados al Ministerio de Desarrollo Productivo, con intervención de la cartera de Salud, los siguientes productos: Alcohol etílico, interferón, paracetamol, desinfectantes, guantes para cirugía y descartables, prendas de protección, concentradores de oxígeno por depuración de aire, transductores (sondas) de aparatos por exploración ultrasónica, aparatos de electrodiagnóstico (Monitor multiparamétrico), sondas, catéteres y cánulas, de caucho. guía para recambio de tubo endotraqueal, cánulas nasales para oxigenoterapia, cánula Guedel, tubo endotraqueal, aparatos para infusión intravenosa, laringoscopio, bomba de infusión, máscaras laríngeas, respirador portátil, aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios, aparatos de aerosolterapia y sus partes, detector de dióxido de carbono.