Quiénes pueden cobrar la Prestación Alimentar
El beneficio está destinado a los siguientes grupos:
- Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) con hijos de hasta 17 años inclusive.
- Personas que reciben la Asignación por Embarazo para Protección Social (AUE) a partir de los tres meses de gestación.
- Titulares de la AUH por Hijo con Discapacidad, sin límite de edad.
- Madres que cobran una Pensión No Contributiva (PNC) para Madre de 7 hijos o más.
El pago se asigna de manera automática a partir de la información registrada en ANSES. Por eso, es fundamental mantener actualizados los datos personales y familiares.
AUH: cuánto se cobra además de la Prestación Alimentar
La Prestación Alimentar se suma al monto correspondiente de la AUH.
En el caso de la AUH, ANSES deposita mensualmente el 80% del monto de la asignación y retiene el 20% restante. Ese porcentaje acumulado puede solicitarse posteriormente mediante la presentación de la Libreta AUH, que acredita el cumplimiento de los controles de salud, vacunación y asistencia escolar.
Cómo consultar si te corresponde el pago de ANSES
Los titulares pueden verificar la información de sus prestaciones a través de Mi ANSES, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
Desde la plataforma es posible consultar los datos personales, las prestaciones asignadas y la información relacionada con los pagos.
Para realizar la gestión de la Libreta AUH, se debe ingresar a la sección correspondiente, generar el formulario, completar las certificaciones requeridas y presentar la documentación por los canales habilitados por ANSES.
Una vez que el organismo procesa la documentación, el 20% retenido de la AUH se acredita como complemento, de acuerdo con las condiciones establecidas.
Por lo tanto, las familias que reciben AUH y cumplen con los requisitos de la Prestación Alimentar pueden consultar en Mi ANSES si tienen asignado el beneficio y verificar el monto que les corresponde cobrar.