Reforma laboral: Sturzenegger avanza en la reglamentación del Fondo de Cese laboral
ministros Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger encabezaron reunión con empresarios pero faltó la CGT. Foto Capital humano.jfif
Entre los puntos de la reglamentación que tiene en sus manos Sturzenegger son los capítulos relacionados al período de prueba y modificaciones en la ley de Contrato de Trabajo, el derecho de huelga y el régimen de indemnizaciones, como la eliminación de multas a los empleadores que regularicen a trabajadores no registrados o mal registrados.
El artículo más importante de la reforma laboral que esperan sacar a más tardar la próxima semana desde la Casa Rosada, es el capítulo relativo al "Fondo de Cese Laboral".
Sturzenegger explicó que “el artículo de la Ley de Bases permite a cada industria hacer lo mismo: establecer su propio convenio para resolver el problema de los juicios laborales que perjudican a las pymes e industriales. Estamos trabajando en la reglamentación de este artículo para asegurarnos de que beneficie tanto a los trabajadores como a las empresas y sindicatos”, señaló.
El Gobierno aclara que el régimen de cese laboral "no será obligatorio" sino que surgirá de un consenso entre empresas y sindicatos. En tanto, fuentes cercanas al secretario de Trabajo, Julio Cordero, confirmaron a A24.com que el Gobierno avala un proyecto para "ampliar el horario laboral" presentado en el Congreso por el diputado de JxC, Martín Tetaz.
¿Cómo quedarían los cambios en el régimen laboral?
Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, recibió a sindicalistas en Casa Rosada en medio de críticas de la CGT por la reforma laboral y previsional. Foto Jefatura de Gabinete..jfif
• Período de Prueba: lo amplía de los actuales 3 a 6 meses, con posibilidad de extenderlo a 8 meses para empresas de seis a cien trabajadores y a 1 año para empresas hasta cinco trabajadores. La extinción del contrato durante el período de prueba exime del pago del preaviso, la integración del mes de preaviso y la indemnización por antigüedad.
• Eliminación de multas y sanciones a empleadores que regularicen a trabajadores no registrados o mal registrados. También habrá extinción de la acción penal (Ley Penal Tributaria); baja en el Registro de Sanciones Laborales (REPSAL). En relación con este punto, en la Justicia ya hay sentencias divergentes sobre si esta norma se aplica o no para los juicios iniciados con anterioridad a la sanción de la ley (8 de julio de 2024).
• Los trabajadores que queden regularizados por sus empleadores tendrán derecho a computar hasta 60 meses de aportes previsionales, aunque hayan trabajado más años de manera informal, y esos hasta 5 años no serán considerados para el cálculo del haber inicial de la jubilación.
• Trabajadores independientes con colaboradores. Se establece que un trabajador autónomo o monotributista podrá valerse de hasta 3 trabajadores también como monotributistas, acogiéndose a un régimen que reglamentará el PEN, no existiendo relación de dependencia entre el Contratante y estos colaboradores.
• Sanciones por huelgas. Podrá ser considerado como justa causa de despido: la participación en bloqueos o tomas de establecimientos; cuando por la participación en huelga se afecte la libertad de trabajo de quienes no participan en dicha medida de fuerza, se impida u obstruya el ingreso de personas o cosas al establecimiento o se ocasionen daños en personas o cosas de la empresa o terceros.
• Indemnización especial por despido discriminatorio. Incremento entre un 50 y 100% de la indemnización por antigüedad en el supuesto que se acredite discriminación alguna. Al establecerse una indemnización especial por discriminación se elimina el criterio de la Justicia de declarar nulo el despido y obligar a la reinstalación en el puesto de trabajo del supuesto trabajador discriminado.
• Fondo de Cese. Laboral por negociación colectiva, es decir, sujeto a decisión paritaria de cada sector o empresa; Creación de un fondo o sistema de cese laboral que sustituya la indemnización por antigüedad (art. 245 LCT); Se deberá ajustar a los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo Nacional Se permite a los empleadores optar por contratar un sistema privado a su costo. Las empresas, también, podrán auto asegurarse.