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Muchas actrices se pusieron al hombro la campaña de despenalización del aborto en Argentina y expusieron en redes sociales, marchas y entrevistas sus posturas ante una problemática que se practica en la clandestinidad.
Una de ellas fue Dolores Fonzi, una de las oradoras en comisión y cara visible de la campaña para que este proyecto se convierta en ley.
Desde el exterior, su ex pareja y padre de su hijo Lázaro, Gael García Bernal, bancó a Dolores e hizo un pedido a la sociedad argentina:
Mi total apoyo a las personas, en especial a las actrices argentinas, que están haciendo una campaña necesaria para legalizar el aborto. Hoy es la votación y es importante que tod@s apoyemos. @FonziDolores [https://twitter.com/hashtag/AbortoalegalYa?src=hash&ref_src=twsrc%5Etfw]#AbortoalegalYa [https://twitter.com/hashtag/AbortoLegalParaNoMorir?src=hash&ref_src=twsrc%5Etfw]#AbortoLegalParaNoMorir
— Gael Garcia Bernal (@GaelGarciaB) 13 de junio de 2018
¿Qué se vota?
- El objetivo del proyecto de ley es "garantizar el derecho de las mujeres o personas gestantes a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo".
- El texto utiliza esta expresión (interrupción voluntaria del embarazo) y no la palabra "aborto", salvo cuando tiene que modificar las disposiciones del Código Penal, que sí llama a las cosas por su nombre.
- El artículo 2° inscribe el aborto en el marco de "los derechos reconocidos" en la Constitución Nacional y los tratados ratificados por la Argentina -a la vida, la dignidad, la integridad, la igualdad real de oportunidades, la libertad de creencias, etc- y afirma que es "en ejercicio de estos derechos" que "toda mujer o persona gestante tiene derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo".
- Lo que podrá realizarse "con el solo requerimiento de la mujer" y "hasta la semana 14 inclusive", es decir más de tres meses de embarazo (casi tres y medio).
- Pero aun después de ese plazo, se podrá abortar en tres casos: violación, de riesgo de vida o de salud de la madre y diagnóstico de "inviabilidad de vida extrauterina del feto".
- En cuanto a los requisitos para abortar, la ley sólo estipula "el consentimiento informado de la mujer" por escrito.
- En el caso de los menores de edad, el proyecto se atiene a lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, que establece que los padres deben opinar pero no les concede poder absoluto de decisión. Nótese que es precisamente en ello que insiste el artículo 5° de este dictamen: "En particular, debe respetarse el interés superior del/a niño/a o adolescente y su derecho a ser oído".